Inscripción en el Registro de organizaciones adheridas al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales. (EMAS).
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Dirección General Biodiversidad Medio Ambiente y Cambio Climático
Descripción:
Facilitar la adhesión al Sistema comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS) a cualquier organización ubicada en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma que se proponga mejorar su comportamiento medioambiental global.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Registros y censos
Tipo de destinatario:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Impresos:
Solicitud normalizada (según modelo recogido en el Anexo I del Decreto 110/2001).
Requisitos:
Para poder ser incluida en el Sistema Comunitario de Gestión y Auditoria Medioambientales (EMAS) la organización deberá: a)Realizar un análisis medioambiental de sus actividades, productos y servicios, y a la luz de los resultados de dicho análisis, aplicar un sistema de gestión medioambiental que abarque todos los requisitos descritos en el Anexo I del Reglamento (CE) nº 761/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un Sistema comunitario de gestión y auditoría Medioambientales (EMAS), y en particular el cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente. B)Realizar, o hacer que se realicen, auditorias medioambientales. C)Preparar una declaración medioambiantal. D)Hacer examinar el análisis medioambiental, si procede, el sistema de gestión, el procedimiento de auditoria y la declaración medioambiental, y hacer validar las declaraciones medioambientales por el verificador medioambiental. e)Presentar al organismo competente la declaración medioambiental validada y, tras el registro, ponerla a disposición del público.
Documentación:
Artículo 6 Decreto 110/2001: Para la tramitación de la correspondiente inscripción en el Registro, las organizaciones dirigirán al Director General de Medio Ambiente la correspondiente solicitud según el formulario establecido en el Anexo I del Decreto 110/2001, acompañando, en todo caso, la declaración medioambiental validada por un verificador medioambiental acreditado.
Tasa/Precio público:
No
Fecha:
10 de septiembre del 2020
Lugar presentación :
En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Publico Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático / Artículo 3 y 4 del Decreto 110/2001, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria del Reglamento (CE) nº 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático / Decreto 110/2001, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria del Reglamento (CE) nº 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS).
Plazo de resolución:
6 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Normativa:
Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del parlamento europeo y del consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 761/2001 y las decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión. // Reglamento CE 1221/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre, de 2009, relativo a la participación vountaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales (EMAS), por el que se derogan el Reglamento 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE; Reglamento (CE) 196/2006, de la Comisión, de 3 de febrero de 2006 (DOUE 4 de febrero de 2006 L32/4) por el que se modifica el anexo I del Reglamento CEE 761/2001, para tener en cuenta la norma europea EN ISO 14001; / Real Decreto 85/1996, de 26 de enero, por el que se permite que las empresas del sector industrial se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales. Decreto 110/2001, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la comunidad Autónoma de Cantabria del Reglamento (CE) nº 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un Sistema Comunitario de Gestión y Auditoria Medioambientales (EMAS).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Anexos:
-
SOLICITUD DE ADHESIÓN, ACTUALIZACIÓN Y RENOVACIÓN EMAS III
Escuchar con ReadSpeaker
-
DECLARACIÓN VERIFICADOR MEDIOAMBIENTAL EMAS III
Escuchar con ReadSpeaker
-
DECLARACIÓN VERIFICADOR SOBRE EXCEPCIÓN PEQUEÑAS ORGANIZACIONES
Escuchar con ReadSpeaker
3783848




