Subvencion:

Orden MED/12/2013

Descripción:

Orden MED/12/2013, de 20 de septiembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones destinadas a fomentar actuaciones de desarrollo sostenible en el ámbito ambiental industrial que vayan a ser desarrolladas por entidades representativas de las empresas y trabajadores de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 186

Fecha BOC: 27/09/2013

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Fecha inicio plazo presentación:

28/09/2013

Fecha finalización plazo presentación:

17/10/2013

Beneficiarios:

Podrán acogerse a la presente convocatoria las siguientes entidades:
a) Las organizaciones sindicales que reúnan la condición de más representativas de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad Sindical, y la Ley de Cantabria 4/2009, de 1 de diciembre, de Participación Institucional de los Agentes Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
b) Las organizaciones empresariales más representativas, conforme a la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, y la Ley de Cantabria 4/2009, de 1 de diciembre, de Participación Institucional de los Agentes Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
c) Las Cámaras de Comercio, Industria, y en su caso Navegación, reguladas por la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

Documentación a adjuntar:

Las entidades solicitantes deberán entregar dentro del plazo concedido impreso de solicitud de acuerdo con Anexo I, convenientemente cumplimentado, fechado y firmado por el Presidente/Secretario General de la entidad, al que se deberán adjuntar los siguientes documentos:
1. Proyecto de actividades a realizar, conteniendo como mínimo los siguientes aspectos:
- Denominación y descripción de la actividad a realizar.
- Cronograma de la actividad a realizar.
- Recursos materiales, técnicos y humanos precisos para el desarrollo del proyecto.
- Usuarios finales de la actividad proyectada.
- Presupuesto desglosado por conceptos de gasto indicando, en su caso, la cantidad aportada por la entidad solicitante.
2. Anexo II de la presente Orden, convenientemente firmado por el Presidente/Secretario General de la entidad.
3. Anexo III de la presente Orden, convenientemente firmado por el Presidente/Secretario General de la entidad, o alternativamente la documentación que en él mismo se especifica.
4. Documentación acreditativa de la representación que ostenta la persona que formula la solicitud, cuando actúe con tal carácter, o certificado del órgano competente de la organización que acredite la capacidad del firmante para obligarse en nombre de ella.
5. Copia del código de identificación fiscal de la entidad solicitante.
6. En su caso, si la entidad se encuentra inscrita en un registro público estatal, se adjuntara a la presente solicitud copia del certificado de inscripción y de los estatutos.
7. Para optar a la puntuación prevista en el apartado 7.1 se deberán aportar cartas de apoyo a la realización del proyecto por parte de empresas del sector industrial cántabro, firmadas por el Gerente/Presidente de la empresa. Junto a las cartas de apoyo se deberán presentar bien copia de los TC2 a junio de 2013 de las empresas para certificar su número trabajadores, o bien alternativamente certificado expedido por los respectivos Jefes de Recursos Humanos en que se certifique el número de trabajadores de cada una de tales empresas. En caso de no presentar esta documentación, se valorará con 0 puntos el criterio de valoración previsto en el apartado 7.1.
8. Para optar a la puntuación prevista en el apartado 7.2, se deberá designar por parte de la organización una persona que ejercerá como responsable del proyecto e interlocutor con la Administración, aportando documentación que acredite su experiencia profesional dentro del sector industrial en sus aspectos ambientales. En caso de no presentar esta documentación, se valorará con 0 puntos el criterio de valoración previsto en el apartado 7.2.
Los solicitantes no estarán obligados a la presentación de la presente documentación en el supuesto de que ya obren en poder de cualquier órgano o unidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que se haga constar la fecha, el órgano, registro o dependencia en que fueron entregados, y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro Auxiliar de la Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si en el uso de este derecho la solicitud fuera remitida por correo, su sellado y fechado de copia por la Administración postal requerirá que se realice en la oficina postal en sobre abierto, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales.

Órgano tramitador:

Dirección:

C/ Lealtad, 24 - 39002 Santander

Teléfono: 942 20 23 23

Enlaces: