Orden MED/11/2013
Descripción:
Orden MED/11/2013, de 19 de septiembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro, para la financiación de iniciativas singulares de empleo y medio ambiente.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 186
Fecha BOC: 27/09/2013
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Fecha inicio plazo presentación:
28/09/2013
Fecha finalización plazo presentación:
17/10/2013
Beneficiarios:
Podrán acogerse a la presente convocatoria las entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, que prevean realizar las actividades indicadas en el artículo anterior en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria y que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar constituidas legalmente e inscritas en un registro público: estatal o autonómico.
- Carecer de ánimo de lucro.
- Tener una representación permanente en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Se entenderá por representación, el disponer de sede con personal de la organización, ya sea contratado o voluntario, y domicilio estable donde realizar sus actividades.
- Cumplir los requisitos exigidos por la legislación sectorial que les sea de aplicación y gozar de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.
- Presentar una actuación viable técnica y ambientalmente.
Dichas entidades deberán mantener los requisitos exigidos durante todo el tiempo que dure la actividad subvencionada.
Documentación a adjuntar:
Las entidades solicitantes deberán entregar dentro del plazo concedido impreso de solicitud de acuerdo con Anexo I, convenientemente cumplimentado, fechado y firmado por el representante de la entidad, al que se deberán adjuntar los siguientes documentos:
1. Proyecto de actividades a realizar, conteniendo como mínimo los siguientes aspectos:
- Denominación y descripción de la actividad a realizar.
- Cronograma de la actividad a realizar.
- Recursos materiales, técnicos y humanos precisos para el desarrollo del proyecto.
- Presupuesto total de la inversión, desglosado por conceptos de gasto, incluyendo en este desglose el IVA, indicando en su caso, la cantidad aportada por la entidad solicitante. Si la entidad considera que la actividad se corresponde con un contrato de obras se deberá aportar el presupuesto en la forma prevista en el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contratos (R.D. 1098/2001, de 12 de octubre), desglosando el beneficio industrial y los gastos generales.
Si considera que la actividad se corresponde con un contrato de servicios o de suministro, deberán indicar esta circunstancia en el presupuesto que se presente.
2. Anexo II de la presente Orden, convenientemente firmado por el representante de la entidad.
3. Anexo III de la presente Orden, convenientemente firmado por el representante de la entidad, o alternativamente la documentación que en él mismo se especifica.
4. Anexo IV de la presente Orden, convenientemente firmado por el representante de la entidad.
5. Copia del mandato o poder de representación otorgado al representante para actuar en nombre y representación de la entidad solicitante.
6. Copia del código de identificación fiscal de la entidad solicitante.
7. Si la entidad realiza sus actividades en más de una Comunidad Autónoma y se encuentra por tanto, inscrita en un registro público estatal, se adjuntara a la presente solicitud copia del certificado de inscripción y de los estatutos.
Los solicitantes no estarán obligados a la presentación de la presente documentación en el supuesto de que ya obren en poder de cualquier órgano o unidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que se haga constar la fecha, el órgano, registro o dependencia en que fueron entregados, y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro Auxiliar de la Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si en el uso de este derecho la solicitud fuera remitida por correo, su sellado y fechado de copia por la Administración postal requerirá que se realice en la oficina postal en sobre abierto, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales.
Órgano tramitador:
C/ Lealtad, 24 - 39002 Santander
Teléfono: 942 20 23 23


