Orden OBR/6/2010
Descripción:
Orden OBR/6/2010, de 6 de mayo, por la que se establecen las Bases Reguladoras y se convocan para el año 2010 subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de elaboración del Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 93
Fecha BOC: 17/05/2010
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Fecha inicio plazo presentación:
18/05/2010
Fecha finalización plazo presentación:
17/07/2010
Beneficiarios:
Podrán acogerse a estas ayudas los Ayuntamientos del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria que realicen las actuaciones objeto de subvención, siempre y cuando hayan iniciado el procedimiento de elaboración del Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación: a) Certificado expedido por el Secretario Municipal, donde conste el acuerdo del Pleno o Junta de Gobierno Local por el que se decide solicitar la ayuda al Gobierno de Cantabria. b) Copia debidamente autentificada del contrato administrativo de servicios, junto con los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares, cuyo objeto sea la elaboración del Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico. c) Declaración responsable del Secretario Municipal, en la que quede acreditado que el solicitante no está incurso en ninguno de los supuestos reflejados en el art. 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. d) Acreditación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social así como del resto de obligaciones con el Gobierno de Cantabria. A tal efecto, se aportará una declaración expresa firmada por el interventor o secretario interventor del Ayuntamiento, de conformidad con el modelo que figura como anexo II de la presente Orden, donde se haga constar que el Ayuntamiento está al corriente de las obligaciones tributarias con la A.E.A.T, de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social, así como del resto de las obligaciones con el Gobierno de Cantabria. En todo caso, se comprobarán las obligaciones con el Gobierno de Cantabria. En el caso de no presentarse esta declaración, la presentación de la solicitud habilita a la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo, a obtener directamente por vía telemática, los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. e) Declaración de la deducibilidad del IVA, mediante Certificación del Interventor o Secretario-Interventor. f) Declaración del representante legal del ayuntamiento sobre la solicitud y/o concesión de otras ayudas para la misma actividad objeto de subvención en esta Orden.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro, calle Alta, 5 - 7ª Planta, 39008 Santander, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
C/ Alta 5 - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 79 71
Enlaces:
- Resolución de concesión de subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de elaboración del Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico.
- Resolución por la que se acuerda la publicación de la propuesta de resolución provisional relativa a la Orden OBR/6/2010, de 6 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2010 subvenciones para financiar las


