Orden MED/23/2006
Descripción:
Orden MED/23/2006, de 14 de julio de 2006, por la que se aprueban la bases generales y se convoca dos becas de formación en el Centro de Investigación del Medio Ambiente.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 149
Fecha BOC: 03/08/2006
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Fecha inicio plazo presentación:
04/08/2006
Fecha finalización plazo presentación:
23/08/2006
Beneficiarios:
Podrán solicitar las becas objeto de la presente convocatoria todas aquellas personas que, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, reúnan los siguientes requisitos: a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. b) Ser natural de Cantabria, o tener vecindad administrativa en Cantabria con anterioridad a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. c) Estar en posesión del título de licenciado, diplomado, ingeniero, ingeniero técnico, arquitecto o aparejador. Los estudios realizados en el extranjero o en centros no estatales deberán estar homologados por el Ministerio de Educación y Ciencia. d) Haber finalizado la carrera correspondiente en el curso académico 1999-2000, o en cursos posteriores. e) No haber disfrutado con anterioridad de ninguna beca del Centro de Investigación del Medio Ambiente.
Período beca:
Los becarios comenzarán su actividad el día que determine la Dirección del C.I.M.A., que será posterior al 1 de julio de 2006 y en ningún caso se extenderá el período final de disfrute más allá del 31 de junio del 2007 (excepción hecha de lo establecido en apartado sexto).
Cuantía:
La cuantía máxima de cada beca será de 12.000 euros brutos anuales. El importe de cada beca, que en ningún caso tendrá consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para la formación, será de mil (1.000 euros) euros brutos mensuales, que se recibirán a mes vencido, previo informe del tutor acreditativo de la asistencia efectiva. La beca en el campo de la teledetección ambiental cuenta con un fondo de formación del beneficiario en un centro de relevancia nacional. Este fondo es de 3.000 euros, que cubrirán tanto los gastos de formación como los de alojamiento durante el tiempo que dure la estancia del beneficiario. Este fondo, aplicado a la misma partida presupuestaria del estado de créditos de gastos del CIMA que el conjunto de la beca, deberá ser reembolsado por el beneficiario de la beca en el caso de renunciar a ésta antes de su posible renovación por un segundo año.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI, en vigor. b) Certificación de residencia en Cantabria, para los no naturales de la Comunidad, que acredite su residencia en Cantabria desde, al menos, el año inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. c) Certificación del expediente académico con calificaciones y fotocopia compulsada del título correspondiente, o en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición de la titulación requerida. d) Curriculum vitae del solicitante con exposición de los méritos académicos o profesionales que se aleguen y justificados documentalmente, a través de originales o fotocopias debidamente compulsadas. e) Declaración jurada de renuncia a otras becas, remuneraciones o ayudas, en el caso de ser seleccionado, y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración u Organismo público o privado como consecuencia de expediente disciplinario.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Centro de Investigación del Medio Ambiente, Paseo de Rochefort Sur Mer s/n, Torrelavega, bien directamente o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
Paseo de Rochefort Sur Mer, s/n - 39300 Torrelavega
Teléfono: 942 83 53 70
Obligaciones:
Además de las obligaciones establecidas en la Ley de Cantabria 5/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2006, se establecen las siguientes: - Cumplir con las bases de la convocatoria y demás normas que resulten de aplicación. - Presentar, previa a su incorporación, formalización de la póliza de seguro y pago de la prima, para la cobertura de accidentes, asistencia sanitaria, y enfermedad por el tiempo de duración de la beca. - La aceptación de los horarios y normas de régimen interior del C.I.M.A. o centro donde realicen la formación. - Dedicarse al cumplimiento de las tareas encomendadas con el fin de promover su formación. - Facilitar, en su caso, toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria. - Presentar, quince días antes del término del período de disfrute de la beca un informe descriptivo de la labor realizada con una extensión mínima de 1.000 palabras, tanto en papel como en formato electrónico compatible con el entorno Windows. El abono de la última mensualidad de la beca quedará condicionado a la entrega efectiva del requerido informe. Los estudios, informes, documentación, bases de datos y demás resultados de la actividad desarrollada por el beneficiario de esta beca será propiedad del C.I.M.A. El becario se compromete a velar por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tenga acceso en el desarrollo de su trabajo en el C.I.M.A.


