Orden MED/17/2007
Descripción:
Orden MED/17/2007, de 27 de septiembre, por la que se aprueban las bases generales y se convoca una beca para Titulados Superiores en la Oficina del Gobierno de Cantabria en Bruselas.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 198
Fecha BOC: 10/10/2007
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Fecha inicio plazo presentación:
11/10/2007
Fecha finalización plazo presentación:
23/10/2007
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de la beca todas aquellas personas que reúnan los requisitos siguientes: a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. b) Tener vecindad administrativa o ser natural de Cantabria. c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente. d) Haber finalizado la carrera en el curso académico 2000-2001, o en cursos posteriores.
Período beca:
El período de duración de la beca comenzará el día en que se produzca la incorporación del becario, que será determinado por la Secretaría General, y tendrá una duración de 12 meses. El secretario general, a la vista del informe del tutor de la especialidad, podrá proponer la prórroga de la beca por una anualidad más al consejero de Medio Ambiente, quien podrá acordarla, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos, hasta un máximo de dos prórrogas, por períodos sucesivos de igual duración, actualizando, en su caso, su cuantía conforme al I.P.C. del año natural anterior.
Cuantía:
El importe de la beca será de mil trescientos (1.300 euros) euros brutos mensuales, que se recibirán a mes vencido, previo informe del tutor acreditativo de la asistencia efectiva. La presente beca estará sujeta a la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que establezca la normativa correspondiente. Si el comienzo o finalización del período de disfrute de la beca no coincidiera con el primer o último día hábil del mes, el becario percibirá la parte proporcional que le corresponda ese mes, en relación a los días en que haya desarrollado la actividad formativa. La cuantía máxima de la beca será de 15.600 euros brutos anuales. La financiación del gasto que supone la presente convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 07.00.451M.481, mediante la siguiente distribución de anualidades: 1.300 euros el año 2007 y 14.300 euros el año 2008.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes tendrán que acompañarse con la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI junto con el original para su cotejo. b) Certificación de residencia en Cantabria, para los no naturales de la Comunidad, que acredite su residencia en Cantabria desde, al menos, el año inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. c) Fotocopia del título correspondiente o, en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición de éste, acompañado del original para su cotejo. d) Declaración responsable de renuncia a otras becas, remuneraciones o ayudas, en el caso de ser seleccionado, y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración u Organismo Público o Privado como consecuencia de expediente disciplinario. e) Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con la Orden HAC/15/2006 de 11 de agosto, por la que se establecen los supuestos en que procede la simplificación de la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de subvenciones así como con el Gobierno de Cantabria, según anexo II. f) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria, según anexo II. La Consejería de Medio Ambiente comprobará si la documentación presentada por el solicitante es incompleta o defectuosa, en cuyo caso, se notificará al interesado concediéndole un plazo de 10 días hábiles para que subsane la omisión o insuficiencia. Si transcurrido ese plazo la subsanación no ha sido realizada, la solicitud se archivará sin más trámite.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro Auxiliar (C/ Lealtad 24, Santander-39002), bien directamente o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
SECRET.GRAL. DE EMPLEO Y POLITICAS SOCIALES
C/ Lealtad 24 - 39002 Santander
Teléfono: 942 20 23 67
Obligaciones:
Además de las obligaciones establecidas por el articulado de la Ley de Cantabria 18/2006, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el año 2007, se establecen como obligaciones del becario, las siguientes: a) Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de diez días naturales a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndosela al suplente que figure en primer lugar. b) Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma. c) Presentar póliza y recibo de prima de seguro para la cobertura de accidentes y enfermedad por todo el tiempo de duración de la beca. d) Aceptar las normas de régimen interno del centro donde realicen la formación. e) Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas. f) Facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria. La propiedad de los estudios y trabajos realizados por el becario corresponderá a la Consejería de Medio Ambiente. El becario se compromete a velar por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tenga acceso en el desarrollo de su trabajo en la Consejería de Medio Ambiente. Con una antelación de 15 días al vencimiento de la última mensualidad por el beneficiario, se hará entrega al tutor de un informe por escrito sobre los trabajos desarrollados durante el período de formación. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida de la última mensualidad.


