Estancia temporal en centro residencial para personas mayores dependientes (plazas públicas).
Consejería:
Consejería de Universidades Igualdad Cultura y Deporte
Dirección General:
Instituto Cántabro de Servicios Sociales
Descripción:
Ingreso y pago de estancia en centro residencial.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Prestaciones
Impresos:
Solicitud normalizada.
Requisitos:
Haber alcanzado la edad de 65 años, pensionista mayor de 60 años, pensionista mayor de 50 años con incapacidad psíquica o física . Ser residente en Cantabria al menos 2 años antes de la solicitud, ser nacido en Cantabria o haber residido en Cantabria al menos 10 años consecutivos. Ser español residente en la comunidades autónomas o en el extranjero, e aquellos casos en que el solicitante sea natural de cantabriay/o que la solicitud esté motivada por reagrupamiento familiar y demandado por el usuario. No haber sido sancionado con expulsión definitiva de una de las plazas integradas en la red pública de la C Autónoma de cantabria. Las circunstancias que aconsejan estancia temporal son : Descanso del cuidador, enfermedad o ingreso hospitalario del cuidador, atención a otro miembro de la familia, situaciones excepcionales o impresvistas que alteren la actividad o la vida cotidiana.
Documentación:
Informe social. Informe médico. Documentacion acreditativa de la situacion económica del solicitante y del resto de miembros de la unidad convivencial. Fotocopia compulsada de la declaración de la renta de los tres últimos años . Certificado catastral de los bienes del solicitante, conyuge o persona convivienteCompromiso previo de finalización de estancia y pago de la misma. Fotocopia del DNI.delñ solicitanter y del conyuge o persona que acredite convivencia de hechoCertificado de empadronamientodel solicitante y certificado de convivenciaDeclaración jurada en la que conste que la ocultación de datos o falsedad, podrá suponer la anulación de la solicitud y/o de la plaza que tuviere adjudicada.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
27 de febrero del 2007
Lugar presentación :
Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, calle General Dávila 87 de Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Jefe/a de servicio de Atencion a personas dependientes / Orden de 24 de septiembre de 2004 por la que se regula el sistema de ingreso y traslado de Centros Residenciales de Atención a Personas Mayores integradas en la Red Publica de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. / Orden de 24 de septiembre de 2004 por la que se regula el sistema de ingreso y traslado de Centros Residenciales de Atención a Personas Mayores integradas en la Red Publica de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Desestimatorio.
Via administrativa:
No agota la vía Administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social.
Normativa:
Ley de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. Orden de 24 de septiembre de 2004 por la que se regula el sistema de ingreso y traslado de Centros Residenciales de Atención a Personas Mayores integradas en la Red Publica de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
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