Orden MED/15/2012
Descripción:
Orden MED/15/2012, de 23 de noviembre, por la que se aprueban las bases y se convoca una beca de formación práctica en el área de planificación y ordenación territorial, en la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 241
Fecha BOC: 14/12/2012
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Fecha inicio plazo presentación:
15/12/2012
Fecha finalización plazo presentación:
03/01/2013
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de la beca todas aquellas personas que reúnan los requisitos siguientes:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
b) Estar en posesión de alguna de las titulaciones señaladas en la base primera.
c) Haber obtenido la titulación en el curso académico 2007-2008, o en cursos posteriores.
d) Cumplir las obligaciones a las que se refiere la base decimosegunda de la presente Orden.
e) Encontrarse empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
f) No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.
Período beca:
El período de duración de la beca comprenderá desde la fecha de su incorporación del beneficiario no anterior a 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013. El Director General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística, a la vista del informe del tutor del becario, podrá proponer la prórroga de la beca al Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, quien podrá acordarla, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos, por un período de 12 meses. En ningún caso, la duración de la beca, incluida la prórroga, podrá ser superior a los 24 meses.
Cuantía:
El importe de la beca será de ochocientos (800) euros brutos mensuales, incluyendo todos los conceptos, que se recibirán a mes vencido, previo informe del tutor acreditativo de la asistencia efectiva y cumplimiento de las obligaciones del becario. Las presentes becas estarán sujetas a la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que establezca la normativa correspondiente.
Si el comienzo o finalización del período de disfrute de la beca no coincidiera con el primer o último día hábil del mes, la persona que resulte beneficiaria de la beca percibirá la parte proporcional que le corresponda ese mes, en relación a los días en que haya desarrollado la actividad formativa.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes tendrán que acompañarse con la siguiente documentación:
a) Certificación original o fotocopia del expediente académico con las calificaciones finales.
b) Fotocopia del título correspondiente o, en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición de la titulación requerida. Los expedientes académicos de estudios realizados en el extranjero o en centros españoles no públicos deberán ir acompañados de la fotocopia compulsada de la homologación concedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
c) Declaración responsable de renuncia a otras becas, remuneraciones o ayudas, en el caso de ser seleccionado, y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración u Organismo Público o Privado como consecuencia de expediente disciplinario, según Anexo III.
d) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria, según Anexo III.
e) Currículum vitae del solicitante, con exposición de los méritos académicos o profesionales que se posean, justificados documentalmente mediante fotocopias de los documentos que sirvan para acreditar cada mérito alegado. No serán valorados los méritos no acreditados documentalmente.
f) Autorización del interesado para que la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo verifique y consulte los datos del documento nacional de identidad y del certificado de empadronamiento de la ciudadanía y pueda recabar datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. A tal efecto se aportará el modelo de autorización del Anexo II.
Anexos:
Lugar presentación :
Órgano tramitador:
C/ Alta nº 5 - 5ª planta - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 84 17
Obligaciones:
Se establecen como obligaciones de los becarios, las siguientes:
a) Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de diez días naturales a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndosela al suplente que figure en primer lugar.
b) Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
c) Aceptar las normas de régimen interno del centro donde realicen la formación.
d) Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas.
e) Facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
f) Velar por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tenga acceso en el desarrollo de su trabajo en la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo.
g) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Gobierno de Cantabria.




