Orden MED/16/2012
Descripción:
Orden MED/16/2012, de 23 de noviembre, por la que se aprueban las bases y se convoca una beca de formación práctica en el área de Evaluación Ambiental del planeamiento territorial y urbanístico, en la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 238
Fecha BOC: 11/12/2012
Enlace BOC
Escuchar con ReadSpeaker
Fecha inicio plazo presentación:
12/12/2012
Fecha finalización plazo presentación:
29/12/2012
Período beca:
El período de duración de la beca comprenderá desde la fecha de su incorporación del beneficiario, no anterior a 1 de enero de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2013. El Director General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística, a la vista del informe del tutor del becario, podrá proponer la prórroga de la beca al Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, quien podrá acordarla, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos, por un período de 12 meses. En ningún caso, la duración de la beca, incluida la prórroga, podrá ser superior a los 24 meses.
Anexos:
Órgano tramitador:
C/ Alta nº 5 - 5ª planta - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 84 17
Obligaciones:
Se establecen como obligaciones del becario, las siguientes:
a) Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de diez días naturales a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndosela al suplente que figure en primer lugar.
b) Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
c) Aceptar las normas de régimen interno del centro donde realicen la formación.
d) Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas.
e) Facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
f) Velar por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tenga acceso en el desarrollo de su trabajo en la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo.
g) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Gobierno de Cantabria.




