Renovación de la autorización para la explotación de apuestas.
Consejería:
Consejería de Presidencia Interior Justicia y Acción Exterior
Dirección General:
Dirección General Interior
Descripción:
Autorizar la renovación de la autorización para la explotación de apuestas a empresas inscritas como explotadoras de apuestas en el Registro de Juego, con material homologado e inscrito igualmente en dicho Registro.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Requisitos:
Cumplir lo establecido en la normativa en vigor en el momento de formular la solicitud de renovación.
Documentación:
Certificación de una empresa auditora externa de seguridad informática en la que se verifique que tras la revisión completa del sistema informático de expedición de apuestas, cumple las condiciones y requisitos previstos en la normas de organización y funcionamiento de las apuestas, en el Reglamento, en las disposiciones que se dicten para su desarrollo y en las demás normas de general aplicación. Documentos exigidos para su otorgamiento, en el caso de que su contenido hubiera experimentado alguna modificación.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Solicitar la renovación con antelación a la expiración de la autorización vigente.
Fecha:
14 de agosto del 2019
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Juego y Espectáculos / Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia / Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de alzada / 1 mes si el acto fuera expreso y 3 meses si no lo fuera. / Consejero/a de Presidencia y Justicia.
Normativa:
Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, del Juego. Decreto 44/1997, de 29 de mayo, que regula el registro de Juego de Cantabria. Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
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