Autorización de funcionamiento de salones recreativos y de juego.
Consejería:
Consejería de Presidencia Interior Justicia y Acción Exterior
Dirección General:
Dirección General Interior
Descripción:
Conceder la autorización de funcionamiento para salones recreativos y de juego.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Requisitos:
1.- Que el titular del salón se encuentre inscrito en el Registro de Juego como empresa de salones. 2.- En caso de salones de juego, distancia mínima entre salones de 500 m. 3.- Superficie útil mínima del salón recreativo 50 m² y del salón de juego 150 m². 4.- Altura mínima del salón 2,70 m.
Documentación:
Artículo 62 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar: a) Documento que acredite la titularidad o disponibilidad del local. b) Licencia municipal de apertura. c) Documento acreditativo de la constitución de la fianza, en su caso. (para el segundo y siguientes salones de la misma empresa). d) Proyecto básico de las obras o instalaciones del local, suscrito por arquitecto, arquitecto técnico o similar, visado por el colegio correspondiente.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Todo el año.
Fecha:
14 de agosto del 2019
Lugar presentación :
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Juego y Espectáculos / Decreto 58/1996, de 28 de junio, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de Casinos, Juegos y Apuestas.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia. / Decreto 58/1996, de 28 de junio, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de Casinos, Juegos y Apuestas.
Plazo de resolución:
1 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si el acto fuera expreso y 3 meses si no lo fuera / Consejero/a de Presidencia y Justicia.
Normativa:
Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, de Juego. // Decreto 23/2008, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3778615



