Orden OBR/2/2011
Descripción:
Orden OBR/2/2011, de 1 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de Subvenciones a Ayuntamientos en zonas de montaña para colaborar en la financiación de las actuaciones destinadas a la apertura y limpieza de los viales de comunicación de competencia municipal afectados por la existencia de nieve o hielo.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 49
Fecha BOC: 11/03/2011
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Fecha inicio plazo presentación:
12/03/2011
Fecha finalización plazo presentación:
01/07/2011
Beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios de las presentes subvenciones los Ayuntamientos de Cantabria en zonas de montaña que como consecuencia de la existencia de nevadas o heladas frecuentes en época invernal que impidieren o dificultaren gravemente la comunicación de sus diversos núcleos de población, hayan contribuido mediante medios propios o ajenos a la pronta limpieza de las carreteras, calles, caminos ó en general viales de comunicación afectados. A los efectos de la presente Orden se entenderá como zonas de montaña aquellos territorios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que por su altitud y condiciones geográficas u orográficas sufran una especial incidencia de nevadas o heladas intensas que lleguen a impedir o dificultar gravemente el tránsito por sus vías de comunicación.
Documentación a adjuntar:
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Memoria mensual justificativa del número de días en que la existencia de nieve o hielo ha obstaculizado el normal uso de las vías de comunicación, concretándose en ella la extensión geográfica afectada y los tramos en los que se haya actuado con medios propios o ajenos en tareas de limpieza de viales. Dicha documentación se certificará por el Secretario Municipal con el visto bueno del Alcalde - Presidente del Ayuntamiento.
b) Memoria mensual descriptiva de las actuaciones llevadas a cabo con medios propios para la limpieza de dichas vías, concretando el número de jornadas de trabajo empleadas, así como el resto de medios propios ( maquinaria, material, y otros análogos) de que se haya hecho uso. Dicha documentación se certificará por el Secretario Municipal con el visto bueno del Alcalde - Presidente del Ayuntamiento.
c) Memoria mensual descriptiva de las actuaciones llevadas a cabo con medios ajenos para la limpieza de dichas vías, concretando el número de jornadas de trabajo empleadas, así como el resto de medios ajenos ( maquinaria, material, y otros análogos) de que se haya hecho uso, acompañada de original o copia compulsada de las facturas correspondientes a los citados trabajos. Dicha documentación se certificará por el Secretario Municipal con el visto bueno del Alcalde - Presidente del Ayuntamiento, y en él se recogerá expresamente que las facturas han sido aprobadas por el órgano municipal competente.
d) Certificación de las cantidades recibidas en su caso en concepto de subvenciones con la misma finalidad.
e) Declaración responsable firmada por el interventor o el secretario-interventor con el visto bueno del Alcalde - Presidente del Ayuntamiento en la que se acredite que no se hallan incursos en las circunstancias señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Anexos:
Lugar presentación :
En las dependencias del Servicio de Vías y Obras de la Dirección General de Carreteras, Vías y Obras del Gobierno de Cantabria, sito en C/ Alta n. 5-4º, de la ciudad de Santander, así como a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
SERVICIO DE VIAS Y OBRAS
C/ Alta, 5 - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 73 40

