Ayudas a la implantación del Informe de Evaluación del Edificio.
Consejería:
Consejería de Obras Públicas Ordenación del Territorio y Urbanismo
Dirección General:
D.G. de Urbanismo y Ordenación del Territorio
Descripción:
Solicitud de concesión y de pago de ayudas para impulsar la implantación y generalización de un Informe de Evaluación de los Edificios, con el fin de cubrir parte de los gastos de los honorarios profesionales derivados de su elaboración y redacción.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Bases de ayudas, becas y subvenciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos
Impresos:
Anexo XIII: Concesión subvención IEE Anexo XIV: Justificación y pago IEE
Requisitos:
- El Informe de Evaluación del Edificio deberá ajustarse al modelo del Anexo II del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, y estar realizado con posterioridad al 18 de enero de 2014. - No podrán acogerse a las subvenciones previstas en este programa los Informes de Evaluación de los Edificios que se realicen con posterioridad al primer informe.
Documentación:
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA SOLICITUD DE CONCESIÓN: a) Informe de evaluación del edificio acompañado del justificante de haberlo presentado en el Ayuntamiento correspondiente. b) Factura de los honorarios devengados, emitida por el profesional o los profesionales que hubieren realizado el informe. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA SOLICITUD DE PAGO: - Justificante de pago de los honorarios derivados de la redacción del informe de evaluación del edificio, mediante transferencia o ingreso bancario.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
En cualquier momento durante la vigencia del Decreto regulador.
Fecha:
17 de septiembre del 2019
Lugar presentación :
Registro de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura en calle Alta nº 5, 39008 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
El titular de la Dirección General con competencia en materia de vivienda. / Artículo 9.1 del Decreto 73/2014, de 20 de noviembre.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Consejero con competencias en materia de vivienda. / Artículo 9.2 del Decreto 73/2014, de 20 de noviembre.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
recurso de alzada / 1 mes si existe resolución expresa, o en cualquier momento si no la hay. / Consejo de Gobierno.
Normativa:
Decreto 73/2014, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Rehabilitación Edificatoria, la Regeneración y Renovación Urbanas, y se establecen las subvenciones para los distintos programas durante el período 2014-2016 en Cantabria, modificado por el Decreto 7/2017, de 2 de marzo.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania
Anexos:
-
Anexo XIV: Justificación y pago IEE
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Anexo XIII: Concesión subvención IEE
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6611681

