Autorización de construcciones, instalaciones y usos en suelo rústico.
Consejería:
Consejería de Obras Públicas Ordenación del Territorio y Urbanismo
Dirección General:
D.G. de Urbanismo y Ordenación del Territorio
Descripción:
Preservar y conservar las características del suelo rústico a través del control de las construcciones, actividades y usos en el mismo, que impliquen la transformación de su naturaleza y destino o infrinjan el correcto régimen limitativo establecido por el planeamiento territorial y la legislación sectorial.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Requisitos:
Supuesto: Suelo rústico. Cumplimiento de la legislación sectorial, del planeamiento urbanístico territorial y del municipal.
Documentación:
Solicitud que contenga: a)Características del emplazamiento y construcción que se pretenda, reflejadas en plano de situación. b) La adecuada justificación de los requisitos previstos en el planeamiento o la legislación de que se trate. c) Las soluciones previstas de acceso y servicios necesarios. d)La justificación de la inexistencia de repercusiones negativas de carácter ambiental. Según el artículo 116.1 de la Ley 2/2001, de 25 de junio y los criterios aprobados por acuerdo de la Comisión Regional de Urbanismo de 7 de mayo de 2002 (BOC de 04/06/2002).
Tasa/Precio público:
Sí
Fecha:
17 de diciembre del 2019
Lugar presentación :
Ayuntamiento correspondiente o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Ayuntamiento / Artículo 116 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo . / Artículos 115.1 y 115.2.b), de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria. Decreto 163/2003, de 18 de septiembre, por el que se regula la composición y el funcionamiento de la CROTU
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
Agota la vía administrativa
Recursos:
Reposición (potestativo)/ Contencioso-administrativo / Reposición: un mes Contencioso-administrativo: dos meses / Reposición: Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo Contencioso-administrativo: Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria
Normativa:
Decreto 65/2010. Normas urbanísticas regionales. // Ley 2/2001. Ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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