Orden HAC/22/2008
Descripción:
Orden HAC/22/2008, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan cuatro becas de formación práctica en el Área del Servicio de Consumo para licenciados en Derecho.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 4
Fecha BOC: 08/01/2009
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Fecha inicio plazo presentación:
09/01/2009
Fecha finalización plazo presentación:
19/01/2009
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente Orden los solicitantes que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos: a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea y encontrarse empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria. b) No ser trabajador por cuenta propia o ajena, ni disfrutar de otra beca o ayuda de naturaleza análoga durante el período de duración de las convocadas por la presente Orden. c) No haber disfrutado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden, de becas de formación práctica para licenciados en Derecho convocadas por el Gobierno de Cantabria, cuando el disfrute de dicha beca o becas exceda de dos años. d) No haber sido separado del servicio de ninguna administración o institución, pública o privada, como consecuencia de expediente disciplinario. e) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho a la fecha de la publicación de la presente convocatoria. f) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria, cuya justificación deberá realizarse de acuerdo con lo establecido en el apartado 7 del artículo 12 de la citada Ley.
Período beca:
El período de duración de cada una de las becas comenzará el día en que se produzca la incorporación del becario, y finalizará el 31 de diciembre de 2009. A la vista del informe del tutor, el director general de Comercio y Consumo podrá proponer la prórroga de cada beca por períodos de doce meses, hasta un máximo de dos prórrogas, al consejero de Economía y Hacienda, quien podrá acordarla, condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente, en las mismas condiciones en que se concedió la beca originaria.
Cuantía:
La dotación de cada beca será de 1.200,00 euros brutos mensuales, que se abonarán una vez practicadas las retenciones fiscales que procedan, a la finalización de cada mes, previo informe favorable emitido por el tutor correspondiente.
Documentación a adjuntar:
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI en vigor, del solicitante. b) Certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de Cantabria. c) Certificación del expediente académico con calificaciones, o copia compulsada del mismo. d) Fotocopia compulsada del título correspondiente, o en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición. e) Certificaciones o copias compulsadas de los documentos acreditativos de los méritos alegados. f) Declaración responsable del solicitante de cumplir los requisitos de los apartados b), c) y d) del artículo 3.1, en el caso de ser seleccionado. g) Declaración responsable de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o cualquier otro ingreso de derecho público, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro Delegado de la Dirección General de Comercio y Consumo (calle Nicolás Salmerón 5-7, 39009 de Santander) en el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. Si la solicitud se presentase en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se deberá enviar una copia registrada de la solicitud el mismo día de su presentación al telefax número 942 20 76 86.
Órgano tramitador:
DIREC. GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS
Calle Nicolás Salmerón 5-7 - 39009 de Santander
Teléfono: 942 20 75 18
Enlaces:
Obligaciones:
Los becarios se comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria y a cumplir las siguientes obligaciones: a) Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de diez días naturales a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, entendiéndose otorgada al suplente que figure en primer lugar, quien quedará sujeto a la misma obligación, y sucesivamente a los demás candidatos incluidos en la lista de suplentes, por su orden, quienes estarán sometidos a la misma obligación. b) Cumplir las bases de la presente convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma. c) Cumplir con las actividades formativas, y realizar los trabajos y estudios en el área de consumo que le sean encomendados. d) Mantener el secreto profesional de toda la actividad realizada objeto de la presente Orden. e) Facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria. f) Cuantas otras establezca la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2009.

