Subvencion:
Orden EMP/57/2009
Descripción:
Orden EMP/57/2009, de 19 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la segunda convocatoria para el año 2009 de subvenciones destinadas a la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de mujeres trabajadoras o desempleadas con hijas y/o hijos a su cargo o personas incapacitadas sometidas a su tutela.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 124
Fecha BOC: 30/06/2009
Enlace BOC
Escuchar con ReadSpeaker
Fecha inicio plazo presentación:
01/07/2009
Fecha finalización plazo presentación:
31/07/2009
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:
Las mujeres trabajadoras por cuenta propia, las mujeres cuidadoras no profesionales de sus familiares dependientes en situación asimilada al alta en el Régimen General de la Seguridad Social, las mujeres desempleadas participantes en acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo (OPEAS) subvencionadas por el Servicio Cántabro de Empleo y/o las mujeres desempleadas participantes en acciones de orientación profesional del Servicio Cántabro de Empleo que, indistintamente:
a) Tengan a su cargo hijas y/o hijos nacidos a partir del 1 de enero de 2006 que sean atendidos en guarderías o centros de atención infantil debidamente autorizados que no gocen de régimen de gratuidad, ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Procedan a la contratación de personas cuidadoras para la atención de las hijas y/o los hijos que tengan a su cargo nacidos a partir del 1 de enero de 2006.
c) Contraten personas cuidadoras para la atención de personas que hayan sido incapacitadas judicialmente y que se encuentren a su cargo y sometidas a su tutela.
Documentación a adjuntar:
Los establecidos en el art. 8 de la Orden.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro de la Red de Oficinas de Empleo (sitas en Santander, Camargo, Torrelavega, Colindres, Castro Urdiales, San Vicente de la Barquera y Reinosa) o en las demás formas a que hace referencia el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto en la oficina postal para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos, S. A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Dirección: C/ Castilla 13 - 39009 Santander
Teléfono: 942 20 70 74

