Subvencion:
Orden EMP/44/2009
Descripción:
Orden EMP/44/2009, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2009 de subvenciones para el fomento del desarrollo local, el impulso de los proyectos empresariales calificados como I + E y la promoción de proyectos de las corporaciones locales en el ámbito de los Nuevos Yacimientos de Empleo.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 86
Fecha BOC: 07/05/2009
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Plazo presentación:
Artículo 7.2 de la Orden.
Fecha inicio plazo presentación:
08/05/2009
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria:
a) En los programas I y II: las corporaciones locales y las entidades dependientes o vinculadas a una administración local, todas ellas del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
A los efectos de la presente orden, se entenderá por corporaciones locales los municipios o mancomunidades de municipios que tengan entre sus objetivos el fomento del empleo y el desarrollo local y, como entidades dependientes o vinculadas a una corporación local, los organismos públicos dependientes de aquélla y las sociedades mercantiles públicas participadas en al menos un 50% de su capital social por un municipio o mancomunidad o por alguno de sus organismos públicos, cuando tengan entre sus objetivos el fomento del empleo y el desarrollo local.
b) En el Programa III: las personas titulares de proyectos empresariales y empresas calificadas como I + E de acuerdo con lo dispuesto en esta orden.
Documentación a adjuntar:
Artículo 8 de la Orden.
Anexos:
- Modelo de solicitud y anexos Programa III.
-
Documentación a presentar.
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- Modelo de solicitud y anexos Programa I.
- Modelo de solicitud y anexos Programa II.
-
Plazos de presentación.
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Lugar presentación :
En el Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo (calle Castilla, número 13, 3ª planta, Santander) o en las demás formas a que hace referencia el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos, S.A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Dirección: C/ Castilla, 13 - 39009 Santander
Teléfono: 942 20 70 66

