Subvencion:

Orden EMP/33/2009

Descripción:

Orden EMP/33/2009, de 20 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2009 de subvenciones destinadas a fomentar la participación, permanencia y promoción de las mujeres en el mercado de trabajo.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 62

Fecha BOC: 31/03/2009

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Plazo presentación:

Art. 7.2 de la Orden

Fecha inicio plazo presentación:

01/04/2009

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias: a) En el Programa I: pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro, que tengan una plantilla superior a tres personas trabajadoras fijas y que desarrollen su actividad en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria. b) En el Programa II: pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro, que tengan una plantilla superior a tres personas trabajadoras fijas en un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria donde se pretendan desarrollar las medidas de acción positiva. c) En el Programa III: mujeres trabajadoras por cuenta propia dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social que desarrollen la actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria de forma personal, profesional y directa en una empresa de carácter individual que no cuente con trabajadores o trabajadoras por cuenta ajena. d) En el Programa IV: pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen la actividad subvencionable en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación a adjuntar:

Arts. 21, 26, 32 y 37 de la Orden

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo (calle Castilla, número 13, 3ª planta, Santander) o en las demás formas a que hace referencia el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto en la oficina postal para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos, S.A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.

Órgano tramitador:

Dirección:

c/ Castilla, 13 - 39009 Santander

Teléfono: 942 20 70 74

Enlaces: