Subvencion:

Orden EMP/22/2010

Descripción:

Orden EMP/22/2010, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la primera convocatoria para el año 2010 de subvenciones destinadas a la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de mujeres trabajadoras o desempleadas con hijas y/o hijos a su cargo o personas incapacitadas sometidas a su tutela.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 23

Fecha BOC: 04/02/2010

Enlace BOC Escuchar con ReadSpeaker

Fecha inicio plazo presentación:

05/02/2010

Fecha finalización plazo presentación:

04/03/2010

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en la presente orden, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, las mujeres trabajadoras por cuenta ajena, las mujeres trabajadoras por cuenta propia, las mujeres cuidadoras no profesionales de sus familiares dependientes en situación asimilada al alta en el Régimen General de la Seguridad Social, las mujeres desempleadas participantes en acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo (OPEAS) subvencionadas por el Servicio Cántabro de Empleo y/o las mujeres desempleadas participantes en acciones de orientación profesional del Servicio Cántabro de Empleo que, indistintamente: a) Tengan a su cargo hijas y/o hijos nacidos a partir del 1 de enero de 2007 que sean atendidos en guarderías o centros de atención infantil debidamente autorizados que no gocen de régimen de gratuidad, ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria. b) Procedan a la contratación de personas cuidadoras para la atención de las hijas y/o los hijos que tengan a su cargo nacidos a partir del 1 de enero de 2007. c) Contraten personas cuidadoras para la atención de personas que hayan sido incapacitadas judicialmente y que se encuentren a su cargo y sometidas a su tutela. Además, las beneficiarias deberán cumplir los requisitos detallados en el artículo 3.2 de la Orden.

Documentación a adjuntar:

Véase el artículo 8 de la Orden.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo (calle Castilla, número 13, 3ª planta, Santander), en el Registro de la Red de Oficinas de Empleo (sitas en Santander, Camargo, Torrelavega, Colindres, Castro Urdiales, San Vicente de la Barquera y Reinosa) o en las demás formas a que hace referencia el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto en la oficina postal para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos, S.A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.

Órgano tramitador:

Dirección:

C/ Castilla, 13 - 39009 Santander

Teléfono: 942 20 70 74

Enlaces: