Orden SAN/22/2007
Descripción:
Orden SAN/22/2007, de 27 de marzo, por la que se establece el procedimiento y las bases reguladoras de la convocatoria de concesión de ayudas económicas a Corporaciones Locales, Asociaciones o Entidades legalmente reconocidas sin ánimo de lucro, para apoyar el desarrollo y la realización de programas de intervención en materia de drogodependencias.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 71
Fecha BOC: 12/04/2007
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Fecha inicio plazo presentación:
13/04/2007
Fecha finalización plazo presentación:
12/05/2007
Beneficiarios:
Las ayudas económicas podrán ser solicitadas por aquellas Corporaciones Locales y Asociaciones o Entidades legalmente reconocidas sin ánimo de lucro, que desarrollen programas en el campo de las drogodependencias en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que no tengan asignada subvención nominativa en materia de drogodependencias. No podrán obtener la condición de beneficiarios, aquellas Entidades y Corporaciones Locales incursas en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. En relación con las Asociaciones además no podrán hallarse incursas en los supuestos contenidos en el 12.3 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Documentación a adjuntar:
Documentación exigida. 1. Para formular la solicitud de las ayudas económicas las Asociaciones o Entidades sin ánimo de lucro deberán aportar la siguiente documentación: a) Solicitud de subvención dirigida a la consejera de Sanidad y Servicios Sociales, conforme al modelo de instancia que figura en el Anexo I de esta Orden, firmada por quien ostente la representación de la Entidad o poder suficiente para ello. La presentación de la solicitud de la subvención conlleva la autorización del solicitante para que el órgano competente obtenga de forma directa la acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación acreditativa de tales extremos. b) Copia autorizada o compulsada de los Estatutos, en los que deberá constar el ámbito de la entidad así como la inexistencia de ánimo de lucro en los fines de la entidad. c) Copia compulsada del documento acreditativo de que la entidad está legalmente establecida. d) Copia compulsada del acuerdo por el que se decidió la solicitud de la subvención. e) Certificación en la que conste la identificación de los directivos de la entidad, miembros de su patronato u órgano administrativo, así como fecha de su nombramiento y modo de elección. f) Memoria explicativa de la entidad según se recoge en el anexo III. g) Memoria explicativa del programa, descripción del programa objeto de la solicitud de acuerdo, conforme proceda, con el contenido de anexo IV. h) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 12 apartados 2 y 3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, para obtener la condición de beneficiario, otorgada ante una autoridad administrativa o notario público, según se recoge en el anexo X. 2. Para formular la solicitud de las ayudas económicas las Corporaciones Locales deberán aportar la siguiente documentación: a) Solicitud de subvención dirigida a la consejera de Sanidad y Servicios Sociales, conforme al modelo de instancia que figura en el anexo II de esta Orden, firmada por quien ostente la representación de la Entidad o poder suficiente para ello, especificando modalidad y cuantía. b) Copia compulsada del acuerdo por el que se decidió la solicitud de la subvención. c) Memoria explicativa del programa, descripción del programa objeto de la solicitud conforme al anexo IV. d) Declaración responsable, firmada por el interventor o el secretario-interventor, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. e) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 12 apartados 2 y 3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, para obtener la condición de beneficiario, otorgada ante una autoridad administrativa o notario público, según se recoge en el anexo X.
Anexos:
Lugar presentación :
La solicitud y la documentación que debe acompañarla se presentarán en la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, sita en la calle Federico Vial, número 13, de la ciudad de Santander, o en cualquiera de los lugares previstos, al efecto, en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Órgano tramitador:
C/Federico Vial, 13 - 39009 Santander
Teléfono: 942 20 79 52
Enlaces:
- Propuesta provisional de resolución de subvenciones destinadas a financiar el desarrollo y la realización de programas de intervención en materia de drogodependencias, desarrollados por Corporaciones Locales y Asociaciones y Entidades legalmente
- Resolución de adjudicación de subvenciones destinadas a financiar el desarrollo y la realización de programas de intervención en materia de drogodependencias, desarrolladas por Corporaciones Locales, Asociaciones y Entidades legalmente reconocid
- Corrección de errores a la Orden SAN/22/2007, de 27 de marzo, por la que se establece el procedimiento y las bases reguladoras de la convocatoria de concesión de ayudas económicas a Corporaciones Locales, Asociaciones o Entidades legalmente reco
- Resolución por la que se aprueba la prorroga del plazo de justificación de subvenciones cuya totalidad se haya abonado en el momento de la concesión, destinadas a financiar el desarrollo y la realización de programas de intervención en materia d
- Resolución por la que se aprueba la prórroga del plazo de justificación de subvenciones de pago fraccionado destinadas a financiar el desarrollo y la realización de programas de intervención en materia de drogodependencias, desarrolladas por cor

