Subvencion:
Orden EMP/84/2008
Descripción:
Orden EMP/84/2008, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2009 de subvenciones a las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus entidades vinculadas o dependientes para la contratación de personas desempleadas en la realización de obras y servicios de interés general y social.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 252
Fecha BOC: 31/12/2008
Enlace BOC
Escuchar con ReadSpeaker
Fecha inicio plazo presentación:
02/01/2009
Fecha finalización plazo presentación:
31/01/2009
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las corporaciones locales y las entidades dependientes o vinculadas a una administración local, todas ellas del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que contraten personas desempleadas para la ejecución de obras o prestación de servicios calificados de interés general y social y que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Asimismo, deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes de ayudas reguladas en esta Orden deberán presentarse en modelo formalizado debidamente firmadas por el representante legal de la corporación local o entidad dependiente o vinculada y serán acompañadas de la siguiente documentación, aportando el original y una copia compulsada:
a) Memoria de la obra o servicio, acompañada del proyecto y planos cuando el tipo de obra así lo exija. La memoria recogerá, al menos, los siguientes aspectos:
1.º Denominación concreta de la obra o servicio correspondiente.
2.º Número total de trabajadores necesarios para la ejecución de la obra o servicio.
3.º Número de trabajadores a emplear procedentes de la situación de desempleo y porcentaje que representa sobre el total de los trabajadores a emplear en la ejecución de la obra o servicio.
4.º Coste total presupuestado de la obra o servicio.
5.º Coste total presupuestado de la mano de obra.
6.º Coste total presupuestado de la mano de obra de trabajadores desempleados.
7.º Fechas previstas para el comienzo y terminación de la obra o servicio.
8.º Subvención que se solicita al Servicio Cántabro de Empleo.
9.º Número de puestos de trabajo permanentes que se crearán con la ejecución de la obra o servicio y su justificación.
10.º Grado en que favorece la formación y práctica profesional de los trabajadores.
11.º Modalidades de contratación y número de trabajadores afectados por cada modalidad.
b) Certificado del secretario u órgano correspondiente de la entidad solicitante acreditativa de la aprobación del proyecto de la obra o servicio para el que se solicita la subvención.
c) Certificado del órgano competente de la entidad solicitante en el que conste la disposición de financiación para costear los costes no subvencionados.
d) Certificado del interventor u órgano correspondiente de la entidad solicitante que indique que ésta no percibe ninguna otra subvención para mano de obra que pueda concurrir con la solicitada o, en caso de su percepción, que certifique que la cantidad resultante total de las subvenciones concedidas para esta materia, conjuntamente con la subvención del Servicio Cántabro de Empleo, no supere el coste total de la contratación, incluidas las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
e) Declaración del órgano competente de la entidad solicitante en la que se haga constar que la misma no incurre en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
f) Declaración responsable de hallarse al corriente de obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y frente a la Seguridad Social, firmada por el interventor o secretario-interventor.
Alternativamente a esta declaración, se podrá autorizar expresamente al Servicio Cántabro de Empleo para la obtención de las certificaciones correspondientes o presentar certificados actualizados sobre tales extremos, expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social.
g) Ficha de terceros diligenciada por la entidad bancaria, firmada y sellada por la entidad peticionaria.
h) Copia compulsada de la escritura pública de constitución y de los estatutos, en su caso, en donde conste que la entidad tiene la consideración de entidad dependiente o vinculada a una administración local.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo (calle Castilla, número 13, 3ª planta, Santander) o en las demás formas a que hace referencia el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos, S.A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Dirección: C/ Castilla, 13 - 39009 Santander
Teléfono: 942 20 83 04

