Subvencion:

Orden EMP/27/2010

Descripción:

Orden EMP/27/2010, de 15 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2010 del programa de incentivos para promover la afiliación a la Seguridad Social de mujeres cotitulares o titulares de explotaciones agrarias.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 37

Fecha BOC: 24/02/2010

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Fecha inicio plazo presentación:

25/02/2010

Fecha finalización plazo presentación:

31/03/2010

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas: - Las mujeres cónyuges y las mujeres descendientes de titulares de explotaciones agrarias, incorporadas o que se incorporen al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios de la Seguridad Social. - Las mujeres viudas, separadas de derecho, divorciadas o cuyo matrimonio haya sido anulado, que sean titulares de explotaciones agrarias, incorporadas o que se incorporen al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios de la Seguridad Social. - Las mujeres que accedan a la titularidad de una explotación agraria motivada por la jubilación o declaración de la incapacidad permanente de su cónyuge o de un ascendiente o descendiente suyo por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive. Las solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos: - Los establecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. - Que su incorporación se haya producido o se produzca entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2010. - Que, en caso de ser cotitular de explotación agraria, la persona titular de la misma esté dada de alta en el mismo régimen y sistema especiales. - Que tengan 50 ó menos años de edad en el momento de la incorporación al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios de la Seguridad Social. - Estar empadronada en un municipio de la Comunidad Autónoma de Cantabria. - Que la actividad se desarrolle en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, lo que se acreditará mediante la presentación de la correspondiente Declaración Censal o alta en el Impuesto de Actividades Económicas. No podrán ser beneficiarias las solicitantes que hayan estado de alta en la Seguridad Social, con anterioridad al alta objeto de la solicitud, como autónomas o por cuenta propia desarrollando la misma o similar actividad, entendiéndose como tal cualquier actividad relativa a explotación ganadera o de producción agraria. Tampoco podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas que lo hayan sido de las ayudas reguladas en la Orden EMP/74/2009, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2009 del programa de incentivos para promover la afiliación a la Seguridad Social de mujeres cotitulares o titulares de explotaciones agrarias.

Documentación a adjuntar:

Véase artículo 8 de la Orden.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo (calle Castilla, número 13, 3ª planta, Santander), en el Registro de la Red de Oficinas de Empleo (sitas en Santander, Camargo, Torrelavega, Colindres, Castro Urdiales, San Vicente de la Barquera y Reinosa) o en las demás formas a que hace referencia el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto en la oficina postal para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos, S. A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.

Órgano tramitador:

Dirección:

C/ Castilla, 13 - 39009 Santander

Teléfono: 942 20 70 66

Enlaces: