Subvencion:
Orden EMP/29/2010
Descripción:
Orden EMP/29/2010, de 15 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2010 de subvenciones destinadas a financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de trabajadoras y trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 37
Fecha BOC: 24/02/2010
Enlace BOC
Escuchar con ReadSpeaker
Fecha inicio plazo presentación:
25/02/2010
Fecha finalización plazo presentación:
24/03/2010
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades titulares de los centros especiales
de empleo y dichos centros, cuando tengan personalidad jurídica propia, siempre que cumplan los
siguientes requisitos:
a) Que los centros especiales de empleo figuren inscritos como tales en el Registro correspondiente,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo.
b) Que formen parte de la plantilla de los centros especiales de empleo personas trabajadoras con el
tipo de limitación en la actividad y grado de discapacidad establecido en el apartado 2 de este artículo.
c) Los establecidos en los apartados 1 y 2 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17
de julio, de Subvenciones de Cantabria.
d) Disponer de unidades de apoyo a la actividad profesional, con la composición establecida en
esta orden.
e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente
del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma
de Cantabria.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
a) Código de identificación fiscal del centro especial de empleo y, en su caso, poder suficiente del
representante que actúe en nombre del mismo.
b) Ficha de terceros diligenciada por la entidad bancaria, firmada y sellada por la entidad peticionaria.
c) Declaración responsable de que no incurre en ninguna de las circunstancias que impiden obtener
la condición de beneficiario, de acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley
de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Esta declaración podrá prestarse
en la misma instancia de solicitud, según modelo aprobado por el Servicio Cántabro de Empleo.
d) Declaración de plantilla de personas trabajadoras con discapacidad del centro especial de empleo,
especificando tipo de limitación en la actividad y grado de discapacidad, así como tipo y duración
de los contratos.
e) Relación nominal de personas trabajadoras con discapacidad procedentes del centro especial de empleo que hubiesen sido contratadas, con carácter indefinido o por un período de al menos seis
meses, por empresas del mercado ordinario de trabajo en los dos años inmediatamente anteriores al
momento de la presentación de la solicitud.
f) Memoria de la actividad o actividades a realizar que deberá detallar los siguientes extremos:
1.º Personas que prestarán apoyo, ya lo sean como preparadores laborales o para la realización de
actividades para el mantenimiento de habilidades personales o sociales.
2.º Relación de las personas con discapacidad a quienes se va a apoyar y tipo de limitación en la
actividad.
3.º Descripción del tipo de apoyo a realizar, tareas concretas que se llevarán a cabo y calendario.
4.º Certificados expedidos por el órgano competente de estar al corriente de sus obligaciones tributarias
y con la Seguridad Social.
Alternativamente se podrá autorizar al Servicio Cántabro de Empleo para la obtención de los certificados
anteriores.
g) Currículos profesionales del personal técnico y de los encargados de producción de las unidades
de apoyo firmados por los interesados, así como documentación acreditativa de su titulación y/o experiencia
profesional, con el fin de comprobar que reúnen las características señaladas en el artículo 4.3.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo
(calle Castilla, número 13, 3ª planta, Santander) o en las demás formas a que hace referencia el artículo
105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre
abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos, S. A. antes
de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999,
de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios
postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Órgano tramitador:
Dirección: C/ Castilla, 13 - 39009 Santander
Teléfono: 942 20 70 75

