Orden HAC/21/2016
Descripción:
Orden HAC/21/2016, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones y otras instituciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria para la contratación de personas desempleadas en la realización de servicios de interés general y social.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 116
Fecha BOC: 16/06/2016
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Fecha inicio plazo presentación:
11/08/2016
Fecha finalización plazo presentación:
29/08/2016
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen todas ellas su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que contraten personas desempleadas para la prestación de servicios calificados de interés general y social, de acuerdo con lo previsto en esta Orden, y que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes serán acompañadas de la siguiente documentación, presentando el original para compulsa en el caso de aportar fotocopias:
a) Documentación que acredite, conforme a la legislación vigente, las facultades de representación del firmante de la solicitud, para actuar en nombre de la entidad solicitante.
b) Fotocopia compulsada de escritura pública o estatutos de constitución de la entidad solicitante, debidamente legalizados.
c) Memoria del servicio a realizar, en modelo oficial aprobado por el Servicio Cántabro de Empleo, conteniendo los siguientes aspectos:
1.º Denominación, localización y descripción del servicio, de forma general y amplia.
2.º Actuaciones a realizar (proyecto).
3.º Características de la actividad, duración y número de contratos.
4.º Perfil de las personas trabajadoras a contratar, indicando el grupo de cotización de los mismos.
5.º Previsión de generación de empleo.
6.º Costes del servicio, distinguiendo entre subvención solicitada y la aportación del Servicio Cántabro de Empleo y de la entidad colaboradora.
7.º Duración del servicio.
d) Sólo en el caso de revocar el consentimiento a que se refiere el artículo 7.5, deberá presentar:
1.º Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
2.º Certificado actualizado de estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
3.º Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, expedido por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
4.º Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad equivalente de las personas extranjeras residentes en territorio español.
En ningún caso será necesario aportar la documentación exigida en esta Orden que ya obrara en poder de cualquier órgano o unidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que la entidad solicitante identifique el documento o documentos afectados.
b) Que la entidad solicitante haga constar la fecha y el órgano o dependencia y procedimiento en que fueron entregados.
c) Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
d) Que la entidad solicitante presente su consentimiento para que pueda ser consultada y comprobada dicha documentación.
Anexos:
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Modelo de Solicitud
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- Anexos
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Orden HAC/29/2016, de 27 de julio de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de subvenciones en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones, y otras instituciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad e
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Lugar presentación :
Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.
Órgano tramitador:
Paseo General Dávila, 87 - 39006 Santander
Teléfono: 942 20 70 36
Enlaces:
- Corrección de errores a la Orden HAC/21/2016, de 6 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria nº 116, de 16 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones en el ámbito de colaboración con asociacione
- Extracto de la Orden HAC/29/2016, de 27 de julio de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de subvenciones en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones, y otras instituciones sin ánimo de lucro que desarrollen
- Corrección de errores del Extracto de la Orden HAC/29/2016, de 27 de julio de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 de subvenciones en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones y otras instituciones sin ánimo

