Orden HAC/49/2014
Descripción:
Orden HAC/49/2014, de 14 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2014, de las subvenciones para la puesta en marcha de proyectos integrados de recualificación y reorientación profesional para personas desempleadas de larga duración con baja cualificación.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 207
Fecha BOC: 28/10/2014
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Fecha inicio plazo presentación:
29/10/2014
Fecha finalización plazo presentación:
10/11/2014
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los centros o entidades de formación que impartan formación dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad y que estén en situación de alta en el registro de centros colaboradores en las correspondientes especialidades formativas a la fecha de publicación de esta Orden.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Memoria explicativa del proyecto, cuya presentación se considera requisito imprescindible para valorar dicha solicitud. Esta memoria contendrá cuantas páginas sean necesarias y hará referencia a los siguientes aspectos, en el orden que se indica:
1.º Denominación del proyecto integrado.
2.º Descripción del mismo, identificando el certificado de profesionalidad, con motivación de su elección.
3.º Lugar donde se va a desarrollar el proyecto, especificando la dirección completa.
4.º Plan de reorientación profesional en el que se desarrolle, al menos, el contenido mínimo establecido en el artículo 1.2.b). Este plan deberá tener en cuenta los múltiples perfiles que podrán tener los participantes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.
5.º Estrategia de colocación de los participantes, que desarrolle las acciones previstas en el artículo 1.2.c). En el caso de las mujeres con discapacidad, mujeres inmigrantes y mujeres pertenecientes a colectivos en riesgo de exclusión social, la estrategia deberá prever las diferentes formas de discriminación que pueden dificultar en mayor medida su acceso al empleo.
b) Acreditación de la representación. Si el solicitante es una persona jurídica, las solicitudes irán acompañadas de original o fotocopia compulsada de poder suficiente y subsistente a favor de la persona física que suscribe la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante.
Las entidades solicitantes podrán presentar, además, la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de estar en posesión de un sistema acreditado de calidad para la gestión de la formación.
b) A los efectos de lo dispuesto en el punto 3.º del apartado h) del artículo 10.6, cuando el proyecto tenga como destinatario alguno de los colectivos siguientes: Personas con discapacidad o víctimas de la violencia de género, el solicitante deberá acreditar tener entre sus fines sociales la protección, defensa o promoción profesional de aquellas personas a las que se pretende dirigir la formación y reorientación profesional.
c) A los efectos de lo dispuesto en los apartados i) y j) del artículo 10.6, el solicitante podrá acreditar los recursos humanos con los que se va a desarrollar el proyecto, especificando los destinados a las acciones de orientación e intermediación laboral, incluyendo el historial y capacidades de aquéllos.
Si el solicitante no presta su consentimiento para la comprobación y constancia por el Servicio Cántabro de Empleo de los datos y documentos relativos a el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, el cumplimiento de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y datos relativos al DNI del representante legal del solicitante, presentará original o fotocopia compulsada de los siguientes documentos:
a) Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
c) Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, expedido por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
d) DNI del representante legal del solicitante.
Anexos:
Lugar presentación :
Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.
Órgano tramitador:
Paseo General Dávila, 87 - 39006 Santander
Teléfono: 942 20 70 33



