Subvencion:

Orden HAC/30/2013

Descripción:

Orden HAC/30/2013, de 4 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2013, de las subvenciones en materia de formación de oferta, consistentes en la ejecución de acciones formativas dirigidas prioritariamente a los trabajadores desempleados.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 134

Fecha BOC: 15/07/2013

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Plazo presentación:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la Orden HAC/30/2013 en el Boletín Oficial de Cantabria. (Finaliza 2/08/2013)

El plazo previsto en el artículo 9.1 de la Orden precitada, para la solicitudes de las acciones formativas incluidas en el segundo párrafo de la Disposición Transitoria Única (Programación de especialidades formativas no acreditadas o inscritas a la fecha de publicación de la Orden HAC/30/2013), que se formalizarán en el MODELO III, finalizará a los 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la corrección de errores a la Orden HAC/30/2013 en el Boletín Oficial de Cantabria. (Finaliza 13/08/2013)
 

Fecha inicio plazo presentación:

16/07/2013

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones destinadas a las acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, siempre que no incurran en ninguna de las causas previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria:
a) Los centros o entidades de formación que impartan formación dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad y que estén en situación de alta en el registro de centros colaboradores en las correspondientes especialidades formativas a la fecha de publicación de esta Orden.
b) Los centros o entidades de formación que impartan formación no dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad y que estén en situación de alta en el registro de centros colaboradores en las correspondientes especialidades formativas a la fecha de publicación de esta Orden.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación en original o fotocopia compulsada:
a) Si el solicitante es una persona jurídica, poder suficiente y subsistente a favor de la persona física que suscribe la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante.
b) En el caso de que la solicitud se refiera a una acción formativa asociada a la obtención de certificado de profesionalidad que contenga el módulo de formación práctica en centros de trabajo, deberá presentar el compromiso de la realización de la formación práctica de los alumnos.

Los solicitantes de programación podrán presentar, además, la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de estar en posesión de un sistema acreditado de calidad para la gestión de la formación.
b) Documentación acreditativa emitida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, Centro de Accesibilidad y Ayudas Técnicas (CAT Cantabria) de la carencia de las barreras arquitectónicas y de la accesibilidad universal del centro y su acceso.
c) Cuando la solicitud de programación de una acción formativa tenga como destinatario alguno de los colectivos establecidos en el artículo 3.3 de esta orden, el solicitante, en su caso, podrá acreditar tener entre sus fines sociales la protección, defensa o promoción profesional de aquellos a los que se pretende dirigir la acción formativa solicitada, a los efectos de lo dispuesto en el apartado h del artículo 10.6.

Las solicitudes contendrán:
a) Declaración responsable en la que se haga constar que no se incurre en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
b) El consentimiento del solicitante para la comprobación y constancia por el Servicio Cántabro de Empleo de los siguientes datos y documentos relativos a:
- El cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- El cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- El cumplimiento de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Datos relativos al DNI del representante legal del solicitante.
- Resto de los datos o documentos emitidos o en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si el solicitante no presta su consentimiento para la comprobación y constancia por el Servicio Cántabro de Empleo de los datos mencionados anteriormente, presentará original o fotocopia compulsada de los siguientes documentos:
1º. Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
2º. Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
3º. Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, expedido por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
4º. DNI del representante legal del solicitante.
c) Declaración responsable de no haber solicitado ni obtenido ayudas, subvenciones, recursos o compensaciones económicas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente, público o privado, nacional o internacional.
d) La fecha estimativa de inicio de la acción formativa correspondiente.
e) Datos de la cuenta bancaria en la que será ingresada la subvención, en caso de concesión.
f) Declaración responsable sobre la veracidad de los datos declarados en la solicitud y documentación que la acompañe.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro Auxiliar del Servicio Cántabro de Empleo, en las Oficinas de Empleo, o a través de los demás medios previstos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos S. A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales.

Órgano tramitador:

Dirección:

Paseo General Dávila, 87 - 39006 Santander

Teléfono: 942 20 70 33

Enlaces: