Orden HAC/23/2013
Descripción:
Orden HAC/23/2013, de 13 de mayo de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a incentivar la contratación indefinida de personas en situación de desempleo.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 98
Fecha BOC: 24/05/2013
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Plazo presentación:
a) Para las contrataciones cuyo alta en la Seguridad Social se haya producido entre el 1 de julio de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, el plazo de presentación estará abierto entre el 31 de mayo de 2013 al 14 de junio de 2013, inclusive.
b) Para las contrataciones cuyo alta en la Seguridad Social se haya producido entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de junio de 2013, el plazo de presentación de solicitudes estará abierto entre el 1 de julio de 2013 y el 15 de julio de 2013, inclusive.
Fecha inicio plazo presentación:
01/07/2013
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en la presente orden, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, ya sean personas físicas o jurídicas, las pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas de colegio profesional, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes de subvención deberán presentarse en el modelo y con el contenido aprobado por el Servicio Cántabro de Empleo, acompañadas de la siguiente documentación, debidamente ordenada, aportando el original y dos copias:
a) Bloque A. Documentación relativa a la persona trabajadora cuyo contrato es objeto de solicitud de subvención:
1.º Documento A1: Contrato de trabajo.
2º Documento A2. Para acreditar la condición de persona con discapacidad, cualquiera de los siguientes documentos: certificado expedido por el IMSERSO u órgano de la Administración autonómica competente, acreditativo de un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o bien resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o bien resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
3.º Documento A3. Para acreditar la condición de mujer víctima de violencia de género, cualquiera de los siguientes documentos: sentencia condenatoria; resolución judicial que hubiere acordado medidas cautelares para la protección de la víctima; orden de protección acordada a favor de la víctima; informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección; certificado de percepción de la Renta Activa de Inserción y de que su participación en dicho programa obedece a su condición de víctima de violencia de género; o certificado de la Dirección General de Igualdad, Mujer y Juventud del Gobierno de Cantabria de estar incluida en los programas de emergencia o acogimiento de dicho centro directivo o, en este último caso, autorización al Servicio Cántabro de Empleo, firmada por la víctima, para recabar dicha información.
4.º Documento A4: Para acreditar la condición de perceptor de la Renta Social Básica, documento acreditativo emitido por el Instituto Cántabro de Servicios Sociales, o bien autorización suscrita por la persona trabajadora para que el Servicio Cántabro de Empleo recabe directamente la acreditación de tal condición.
b) Bloque B. Documentación relativa a la empresa o entidad solicitante de la subvención:
1.º Documento B1: Declaración sobre otras ayudas: En el supuesto caso de haber percibido otras ayudas para igual finalidad o ayudas de minimis para igual o distinta finalidad, declaración responsable comprensiva de los siguientes aspectos:
- Obtención de cualquier otra ayuda de minimis recibida durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se presenta la solicitud.
- Identificación de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y/u obtenidos para la misma finalidad, excepto aquellas ayudas que consistan en reducciones o bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social, que no será necesario declarar.
Cada solicitante deberá, asimismo, comunicar por escrito la concesión o nueva solicitud de subvenciones, ayudas ingresos o recursos o las nuevas situaciones que puedan producirse durante la fase de instrucción. En ambos casos se indicará si están acogidas al régimen de minimis.
2.º Documento B2: En el caso de que el solicitante sea una persona emprendedora, autónomo/a o por cuenta propia, incluyendo mutualistas, que contrate a su primer trabajador o trabajadora o que no haya tenido personal en los últimos doce meses a la contratación por la que se solicita la subvención, para optar al incremento de 1.500,00 euros: vida laboral de la empresa de los doce meses anteriores a la fecha de alta en Seguridad Social del contrato objeto de solicitud de subvención.
La presentación de la solicitud supondrá la prestación del consentimiento por parte de cada interesado para que el Servicio Cántabro de Empleo pueda recabar de oficio los siguientes datos o documentos concernientes a la persona solicitante:
a) Los datos o documentos emitidos o en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) Cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
d) Cumplimiento de obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Este consentimiento deberá figurar en la solicitud y alcanzará a todas aquellas actuaciones de comprobación sobre los referidos datos que la Administración deba efectuar, tanto durante la tramitación del procedimiento, como posteriormente durante el seguimiento y control de la subvención que pueda ser otorgada. No obstante, cada persona solicitante podrá denegar o revocar de forma expresa este consentimiento en cualquier momento, a través de comunicación escrita al Servicio Cántabro de Empleo en tal sentido. En este supuesto, la persona interesada deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes según sean necesarios a efectos de tramitación, seguimiento y/o control de la subvención, siendo la no aportación de éstos causa para requerirle de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71.1 y/o 76.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El consentimiento a que se refiere el apartado anterior no alcanzará a los datos y documentos concernientes a personas distintas de las solicitantes, pero podrá extenderse a éstas siempre que medie su consentimiento expreso, determinado y por escrito, que deberá presentarse junto con la solicitud. El alcance de este consentimiento será el mismo que el previsto en el apartado anterior.
Anexos:
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Modelo de solicitud
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Declaración sobre otras ayudas
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Lugar presentación :
Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos, S. A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.
Órgano tramitador:
C/ Castilla, 13 - 39002 Santander
Teléfono: 942 20 83 52

