Subvencion:

Orden HAC/04/2013

Descripción:

Orden HAC/04/2013, de 18 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2013 de subvenciones en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones y otras instituciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria para la contratación de personas desempleadas en la realización de servicios de interés general y social.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 42

Fecha BOC: 01/03/2013

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Fecha inicio plazo presentación:

02/03/2013

Fecha finalización plazo presentación:

21/03/2013

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen todas ellas su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que contraten personas desempleadas para la prestación de servicios calificados de interés general y social, de acuerdo con lo previsto en esta orden, y que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que no tengan su sede en Cantabria deberán contar con una delegación estable en la Comunidad Autónoma que cuente con personas designadas como responsables de la misma.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes serán acompañadas de la siguiente documentación, por duplicado (salvo en el caso de la memoria, de la que se presentarán tres ejemplares), presentando el original para compulsa en el caso de aportar fotocopias:
a) Documentación que acredite, conforme a la legislación vigente, las facultades de representación del firmante de la solicitud, para actuar en nombre de la entidad solicitante.
b) Fotocopia compulsada de escritura pública o estatutos de constitución de la entidad solicitante, debidamente legalizados.
c) Memoria del servicio a realizar, en modelo oficial aprobado por el Servicio Cántabro de Empleo, conteniendo los siguientes aspectos:
1.º Denominación, localización y descripción del servicio, de forma general y amplia.
2.º Actuaciones a realizar (proyecto).
3.º Características de la actividad, duración y número de contratos.
4.º Perfil de las personas trabajadoras a contratar, indicando el grupo de cotización de los mismos.
5.º Previsión de generación de empleo.
6.º Costes del servicio, distinguiendo entre subvención solicitada y la aportación del Servicio Cántabro de Empleo y de la entidad colaboradora.
7.º Duración del servicio.
8.º Acreditación fehaciente y suficiente, de acuerdo con lo establecido en el apartado b) del artículo 10.2, de un mayor nivel de inserción laboral, bien mediante incorporación directa de las personas trabajadoras a la entidad colaboradora o mediante otras fórmulas de inserción laboral.
La acreditación del extremo anterior tendrá carácter voluntario, por lo que respecto de la misma no regirá lo establecido en el apartado segundo de este artículo, pero los proyectos cuyas memorias no acrediten suficiente y fehacientemente dicho elemento a juicio del Comité de Valoración, no recibirán puntuación en el apartado b) del artículo 10.2.
d) Sólo en el caso de revocar el consentimiento a que se refiere el artículo 7.5, deberá presentar:
1.º Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
2.º Certificado actualizado de estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
3.º Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, expedido por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
4.º Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad equivalente de las personas extranjeras residentes en territorio español.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro Delegado del Servicio Cántabro de Empleo o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos, S. A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.

Órgano tramitador:

Dirección:

C/ Castilla 13, 3º - 39009 Santander

Correo-e:  promocionempleo@cantabria.es

Teléfono: 942 20 83 04 - 942 20 70 36