Subvencion:

Orden HAC/17/2012

Descripción:

Orden HAC/17/2012, de 4 de junio de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2012, de las subvenciones en materia de formación de oferta, consistentes en la ejecución de acciones formativas dirigidas prioritariamente a los trabajadores desempleados

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 116

Fecha BOC: 15/06/2012

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Fecha inicio plazo presentación:

16/06/2012

Fecha finalización plazo presentación:

03/07/2012

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones destinadas a las acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, siempre que no incurran en ninguna de las causas previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria:
a) Los centros o entidades de formación que impartan formación dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad y que estén en situación de alta en el registro de centros colaboradores en las correspondientes especialidades formativas a la fecha de publicación de esta Orden.
b) Los centros o entidades de formación que impartan formación no dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad y que estén en situación de alta en el registro de centros colaboradores en las correspondientes especialidades formativas a la fecha de publicación de esta Orden.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes contendrán:
a) Declaración responsable en la que se haga constar que no se incurre en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
b) El consentimiento del solicitante para la comprobación y constancia por el Servicio Cántabro de Empleo de los siguientes datos y documentos relativos a:
iii. El cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
iv. El cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
v. El cumplimiento de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
vi. Resto de los datos o documentos emitidos o en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En caso de no prestar su consentimiento, figurará la obligación de aportar la documentación acreditativa correspondiente en cada caso.
g) Declaración responsable de no haber solicitado ni obtenido ayudas, subvenciones, recursos o compensaciones económicas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente, público o privado, nacional o internacional.
h) La fecha estimativa de inicio de la acción formativa correspondiente.
i) Datos de la cuenta bancaria en la que será ingresada la subvención, en caso de concesión.
j) Declaración responsable sobre la veracidad de los datos declarados en la solicitud y documentación que la acompañe.

Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación en original o fotocopia compulsada:
a) Si el solicitante no presta su consentimiento para la comprobación y constancia por el Servicio Cántabro de Empleo de los datos mencionados en el apartado anterior:
1º. Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
2º. Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
3º. Certificado actualizado de estar al corriente de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, expedido por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
En el supuesto de no estar sujeto a obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria u obligado a estar inscrito como empresa en la Seguridad Social, se presentará una declaración responsable sobre dichas circunstancias.
b) Si el solicitante es una persona jurídica, poder suficiente y subsistente a favor de la persona física que suscribe la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante.
c) En el caso de que la solicitud se refiera a una acción formativa asociada a la obtención de certificado de profesionalidad que contenga el módulo de formación práctica en centros de trabajo, deberá presentar el compromiso de la realización de la formación práctica de los alumnos.
No será necesario aportar la documentación que señalada en los párrafos a) y b) ya obrara en poder de cualquier órgano o unidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
1º. Que el solicitante identifique el documento o documentos afectados.
2º. Que el solicitante haga constar la fecha y el órgano o dependencia y procedimiento en que fueron entregados.
3º. Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
4º. Que el solicitante presente su consentimiento para que pueda ser consultada y comprobada dicha documentación.
- Los solicitantes de programación podrán presentar, además, la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de estar en posesión de un sistema acreditado de calidad para la gestión de la formación.
b) Documentación acreditativa emitida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, Centro de Accesibilidad y Ayudas Técnicas (CAT Cantabria) de la carencia de las barreras arquitectónicas y de la accesibilidad universal del centro y su acceso.
c) Cuando la solicitud de programación de una acción formativa tenga como destinatario alguno de los colectivos establecidos en el artículo 3.2 de esta orden, el solicitante, en su caso, podrá acreditar tener entre sus fines sociales la protección, defensa o promoción profesional de aquellos a los que se pretende dirigir la acción formativa solicitada, a los efectos de lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 10.6.
No será necesario aportar la documentación anterior que ya obrara en poder de cualquier órgano o unidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
1º. Que el solicitante identifique el documento o documentos afectados.
2º. Que el solicitante haga constar la fecha y el órgano o dependencia y procedimiento en que fueron entregados.
3º. Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
4º. Que el solicitante presente su consentimiento para que pueda ser consultada y comprobada dicha documentación.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro del Servicio Cántabro de Empleo, en los registros auxiliares de su Red de Oficinas de Empleo, o a través de los demás medios previstos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos S. A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
 

Órgano tramitador:

Dirección:

C/Castilla, 13 3º - 39009 Santander

Teléfono: 942 20 86 73

Enlaces: