Orden REL/40/2005
Descripción:
Orden REL/40/2005, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases generales y se convocan ayudas destinadas a realizar actuaciones de ayuda humanitaria en países empobrecidos.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 8
Fecha BOC: 12/1/06
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Fecha inicio plazo presentación:
13/01/2006
Fecha finalización plazo presentación:
30/01/2006
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de dichas ayudas las Organizaciones No Gubernamentales o cualesquiera otras entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, con sede en la Comunidad Autónoma de Cantabria que posean como fines institucionales la realización de actividades relacionadas con la Cooperación al Desarrollo, ayuda humanitaria y solidaridad entre pueblos.
Documentación a adjuntar:
Todas las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: - Memoria descriptiva de la actuación humanitaria a ejecutar, con indicación especial de la identificación precisa de la situación de crisis donde sea necesario actuar, sus causas, la descripción detallada de las necesidades a satisfacer, la descripción geográfica de la zona de acción, la descripción de las actividades (de manera temporalizada,) que se llevarán a cabo, la especificación de los socios o autoridades locales con quienes se tenga que coordinar la acción, descripción de capacidad técnica y logística del gestor de la acción, presupuesto desglosado y calendario de actuaciones, relación de ayudas solicitadas y obtenidas para dicho fin, así como cuantía solicitada al Gobierno de Cantabria. - Todos los documentos acreditativos que el solicitante estime oportunos y que corroboren los hechos o datos reflejados en la memoria. - Copia fidedigna de los estatutos vigentes de la entidad con indicación del registro oficial en el que constan depositados. - Acreditación de la representación legal o poder del solicitante. - Organigrama, relación de personal laboral. - Acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social. En caso de no aportar dicha documentación se considerara que se autoriza a la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo para recabar dicha información por vía telemática. - Declaración de la concurrencia de solicitudes o concesión de cualquier tipo de ayuda por otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, en cuyo caso deberán presentar relación de las mismas detallando cuantía y finalidad. - Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta a la que será transferida la ayuda. De no presentarse, podrá reclamarse previamente al pago en el caso de resultar beneficiaria. - En el caso de que la solicitud sea suscrita por varias entidades, deberá aportarse además una memoria del grado de participación en el proyecto de cada una de ellas, relativo a la financiación, actividades a desarrollar en él y distribución, en su caso, de la subvención prevista.
Anexos:
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Lugar presentación :
En el Registro Delegado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
C/ Antonio López, 6,1º 39009 Santander
Teléfono: 942 - 20 83 93

