Orden ECD/3/2014
Descripción:
Orden ECD/3/2014, de 26 de diciembre de 2013, que establece las bases reguladoras y convoca dos becas de postgraduado en la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte destinadas a la elaboración de materiales y contenidos informativos y de comunicación.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 7
Fecha BOC: 13/01/2014
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Fecha inicio plazo presentación:
14/01/2014
Fecha finalización plazo presentación:
24/01/2014
Beneficiarios:
Pueden solicitar la concesión de la beca quienes cumplan los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1.1. Ser español o poseer nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea.
1.2. No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda de naturaleza análoga durante el periodo de duración de la convocada por la presente orden.
1.3. No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.
1.4. Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:
- Título de Licenciado en Periodismo.
- Título de Grado en Periodismo.
- Título de Licenciado en Comunicación Audiovisual.
- Título de Grado en Comunicación Audiovisual.
El título ha de haber sido expedido por el Estado Español o ha de estar debidamente homologado, con justificación acreditativa de esta circunstancia, y que no hayan transcurrido más de ocho años desde la obtención del titulo hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Período beca:
El período de duración de las becas comenzará el día en que se produzca la incorporación de los titulares, nunca antes del 1 de febrero de 2014, hasta el 31 de diciembre de 2014, si bien podrá prorrogarse por un período máximo de doce meses.
Cuantía:
El importe que percibirá cada uno de los adjudicatarios será de ochocientos euros brutos mensuales (800 euros) que se abonarán a mes vencido.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos preceptivos (ver Anexo I):
a) Fotocopia de la certificación del expediente académico con calificaciones, acompañando el original para su cotejo.
b) Fotocopia del título de licenciado o estudios equivalentes, o, en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición de éste, acompañado del original para su cotejo.
c) Certificaciones o copias compulsadas de los documentos acreditativos de todos y cada uno de los méritos alegados.
La solicitud asimismo incluirá declaración responsable de:
¿ La veracidad de los datos acreditativos de la identidad del solicitante (DNI o NIE)
¿ No haber sido beneficiario de otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante un periodo de dos o más años y de renuncia a otras becas, remuneraciones o ayudas, en caso de resultar adjudicatario.
¿ No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio,
¿ Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o de cualquier otro ingreso de derecho público.
Anexos:
Lugar presentación :
Órgano tramitador:
SECRET.GRAL. DE EDUCACION, FORMACION PROFESIONAL Y TURISMO
C/ Vargas, 53 - 7º - 39010 Santander
Teléfono: 942 20 81 26
Obligaciones:
El adjudicatario de la beca, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones reconocidas en el artículo 13 de la Ley 10/2006, se compromete a aceptar el contenido de esta convocatoria y a cumplir las siguientes obligaciones:
a) Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndose la misma al suplente que figure en primer lugar y de forma sucesiva en caso de que fuera necesario a los demás suplentes.
b) Cumplir las bases de la presente convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
c) Aceptar el horario y normas de régimen interno del centro donde realice su formación.
d) Facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el Tribunal de Cuentas.
e) Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas.
f) Con una antelación de quince días a la finalización de la beca, el beneficiario entregará al titular de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte un informe de formación, al que unirá informe del tutor. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida de la última mensualidad.
g) Presentar declaración responsable en el que se indique el número de cuenta corriente o libreta de ahorro en la que haya de ingresarse la beca, asumiendo la veracidad de esos datos.



