Orden ECD/23/2013
Descripción:
Orden ECD/23/2013 de 18 de febrero de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la autorización y financiación de actuaciones arqueológicas y paleontológicas para la campaña de 2013.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 47
Fecha BOC: 08/03/2013
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Fecha inicio plazo presentación:
09/03/2013
Fecha finalización plazo presentación:
26/03/2013
Beneficiarios:
-Podrán optar a la autorización y financiación que se establece en la presente Orden:
a) Cualquier persona física en posesión de una titulación universitaria idónea en el campo de la arqueología, con acreditada profesionalidad. Cuando la solicitud la formule un equipo de trabajo, deberá indicarse la persona que ostenta la dirección, que habrá de reunir los requisitos antedichos. Los arqueólogos subacuáticos deberán contar además con la titulación oficial de buceo correspondiente a la profundidad en que se pretenda actuar.
b) Las empresas, centros o instituciones de investigación arqueológica, con solvencia reconocida por la Comisión Técnica de Patrimonio Arqueológico y Paleontológico.
-Los investigadores e instituciones extranjeras podrán optar a la autorización y financiación siempre y cuando cuenten con un codirector español, y se comprometan a presentar los informes y la memoria científica en castellano, en el supuesto de resultar beneficiarios.
Documentación a adjuntar:
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Memoria científica del proyecto que contenga los siguientes puntos:
1. Informe sobre la conveniencia y el interés científico de la actuación.
2. Informe sobre la idoneidad técnica y científica de los directores y de los equipos de investigación.
3. Documentación específica de la titulación y experiencia del director (o directores en el supuesto de que uno de ellos sea extranjero).
4. Actuaciones arqueológicas y paleontológicas a realizar, incluyendo la localización precisa de las mismas en el o los yacimientos en los que se prevé la intervención.
5. Objetivos, métodos y técnicas a utilizar en el proyecto y en cada actuación concreta.
6. Medidas de conservación de los restos que se puedan descubrir.
7. La autorización del propietario de los terrenos afectados, en su caso.
8. En el supuesto de que el solicitante haya desarrollado una actuación arqueológica en virtud de autorización concedida con anterioridad al 1 de enero de 2012, copia del acta de depósito e inventario de los materiales hallados en virtud de aquélla o, en su caso, copia de la resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte facultando al director de la actuación arqueológica para retener dichos materiales con el fin de completar su análisis.
9. En el caso de solicitudes para tomas de muestras, estudios de materiales y análisis de laboratorio, identificación de las muestras y materiales a estudiar y de las técnicas a aplicar para su estudio, indicando expresamente, en su caso, el carácter destructivo de las mismas.
b) Memoria económica del proyecto que contenga los siguientes puntos:
1. Relación detallada de los gastos.
2. Fuentes de financiación pública y privada de que se dispone para que el proyecto sea viable.
3. Documentación acreditativa de la capacidad económica de los promotores.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para comprobar los datos relativos a la identidad del interesado y recabar los certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que el solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá presentar junto con la solicitud copia de su documentación identificativa en vigor (N.I.F./C.I.F.) y los oportunos certificados.
Anexos:
Lugar presentación :
Si en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los Usuarios y del Mercado Postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.
Órgano tramitador:
Pasaje de Peña, 2 - 1º - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 20



