Subvencion:

Orden ECD/18/2013

Descripción:

Orden ECD/18/2013, de 18 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones a aficionados para la edición musical y audiovisual.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 40

Fecha BOC: 27/02/2013

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Fecha inicio plazo presentación:

28/02/2013

Fecha finalización plazo presentación:

16/03/2013

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, siempre que tengan su domicilio fiscal en Cantabria:
a) Las personas físicas que, a título individual o en grupo, desarrollen proyectos audiovisuales y/o musicales como aficionados.
b) Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollan una actividad audiovisual y/o musical a título aficionado.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes (Anexo I) deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:
a. Memoria explicativa del proyecto, que deberá contener necesariamente todos y cada uno de los siguientes puntos, debidamente numerados y en el orden establecido:
1. Título.
2. Duración aproximada.
3. Descripción del proyecto.
4. Presupuesto detallado de la actividad, con desglose pormenorizado de gastos e ingresos, especificando la aportación económica a realizar por el solicitante para contribuir a su financiación.
5. Equipo artístico y técnico con el que se cuenta para el proyecto, aportando sus datos curriculares (formación y trayectoria en actividades relacionadas con el objeto de esta Orden).
En el caso de no aportar información sobre alguno de los puntos anteriores, se reflejará de manera expresa en la memoria.
b. En el caso de cortometrajes, acreditación de estar en posesión de los derechos sobre el guión (número de inscripción en Registro de la Propiedad Intelectual o documentación acreditativa suficiente).


La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para recabar la siguiente información:
- Datos acreditativos de la identidad y domicilio del interesado.
- Certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- En su caso, certificado acreditativo de la inscripción de la entidad solicitante en el correspondiente registro administrativo, así como sus estatutos vigentes.
En el supuesto de que el interesado manifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes junto con su solicitud de subvención.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro Delegado de la Dirección General o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Si en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.

Órgano tramitador:

Dirección:

Pasaje de Peña, 2 - 39008 Santander

Teléfono: 942 20 74 26 - 942 20 70 41

Enlaces: