Orden ECD/22/2013
Descripción:
Orden ECD/22/2013 de 18 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para el perfeccionamiento en artes escénicas, plásticas, música y danza.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 40
Fecha BOC: 27/02/2013
Enlace BOC
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Fecha inicio plazo presentación:
28/02/2013
Fecha finalización plazo presentación:
16/03/2013
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios quienes estén empadronados en Cantabria con anterioridad al 1 de enero de 2013, circunstancia que deberá mantenerse durante el tiempo de duración de los estudios, y hayan sido admitidos para iniciar estudios no oficiales en materia de artes escénicas, plásticas, música o danza en centros nacionales o extranjeros de reconocido prestigio.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes (Anexo I) deberán presentarse acompañadas de una memoria explicativa del proyecto de actividad para el que se solicita la ayuda, que deberá contener necesariamente todos y cada uno de los siguientes puntos, debidamente numerados y en el orden establecido:
1. Nombre del curso.
2. Nombre, ubicación y descripción del centro donde desarrollará el programa de estudios, indicando la trayectoria de dicha entidad en el ámbito de actividad objeto de la subvención.
3. Contenido detallado del programa formativo, con indicación de las fechas de inicio y terminación de los estudios.
4. Presupuesto detallado de la actividad, con estimación económica del gasto (matrícula, viaje, estancia, etc...).
5. Curriculum vitae del interesado y su trayectoria en la actividad artística propia de los estudios para los que se solicita subvención, que incluirá una relación expresa y detallada de los cursos realizados y los premios obtenidos.
En el caso de no aportar información sobre alguno de los puntos anteriores, se reflejará de manera expresa en la memoria.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Cultura para recabar la siguiente información:
- Datos acreditativos de la identidad y domicilio del interesado.
- Certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
En el supuesto de que el interesado manifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes junto con su solicitud de subvención.
Anexos:
Lugar presentación :
Si en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.
Órgano tramitador:
Pasaje de Peña, 2 - 1ª planta - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 74 26 - 942 20 70 41

