Subvencion:

Orden EMP/13/2010

Descripción:

Orden EMP/13/2010, de 4 de enero, por la que se regulan las bases y se aprueba la convocatoria de las subvenciones a otorgar a los Municipios y Mancomunidades con el fin de impulsar proyectos en materia de información y divulgación de temas europeos y la puesta en marcha de nuevos Puntos de Información Europeos para el año 2010.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 13

Fecha BOC: 21/01/2010

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Fecha inicio plazo presentación:

22/01/2010

Fecha finalización plazo presentación:

08/02/2010

Beneficiarios:

Podrán solicitar subvenciones con arreglo a la presente orden los Municipios y Mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria que vayan a realizar proyectos de información y divulgación de los temas europeos, especialmente aquellos cuyo contenido temático se refiera al Año Europeo contra la pobreza y la exclusión social o a las Instituciones y políticas sectoriales de la Unión Europea, así como para la puesta en marcha de nuevos Puntos de Información Europeos en el año 2010. Estas subvenciones incluirán exclusivamente los gastos corrientes propios del desarrollo del proyecto planteado. Para la ejecución del proyecto o actividad el beneficiario podrá subcontratar con terceros la ejecución total o parcial de la actividad objeto de la subvención en los términos previstos en el artículo30 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio de subvenciones. En el caso de la financiación para la puesta en marcha de Puntos de Información Europeos el nivel de subcontratación permitido no excederá del 50% del coste de ejecución del proyecto.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: a) Certificación de la aprobación del proyecto por órgano competente de la Entidad Municipal solicitante. b) Descripción detallada del proyecto, según Anexo II, para el que se solicita la subvención, comprensiva en todo caso de: Objetivo del proyecto. Presupuesto total estimado, desglosado por origen de la financiación y por concepto de gasto. Recursos materiales y personales. Desarrollo del proyecto. Metodología e indicadores para la evaluación. c) Datos bancarios ( ficha de tercero ) para el caso de que no consten en esta Consejería o hayan sido modificados. d) Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, expedida por la autoridad competente. El solicitante podrá autorizar expresamente, mediante la presentación del Anexo V de la presente Orden a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria para recabar dichos certificados. Bastará la presentación de una declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social así como del resto de las obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria firmada por el Interventor o el Secretario -Interventor, salvo para las mancomunidades.Anexo VI. e) Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Anexo VII. Sin perjuicio de lo establecido en este artículo, la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo podrá solicitar la documentación complementaria que estime oportuna.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro Delegado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano tramitador:

Dirección:

Paseo Pereda 13, 4º -39003 Santander

Teléfono: 942 20 83 86

Enlaces: