Subvencion:

Orden HAC 14/2006

Descripción:

Orden HAC, 14/2006, de 11 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria de subvenciones para adquisición de ordenadores portátiles de tecnología móvil, para alumnos de la Universidad de Cantabria, «Plan Cantabria en Red - Campus».

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 168

Fecha BOC: 31/08/2006

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Fecha inicio plazo presentación:

01/09/2006

Fecha finalización plazo presentación:

02/11/2006

Beneficiarios:

Podrán acogerse a la subvención establecida en la presente convocatoria los alumnos matriculados en la Universidad de Cantabria para el curso 2006/2007 con un mínimo de 30 créditos, o su equivalente en planes anteriores, que cumplan los requisitos y obligaciones recogidos en la presente Orden.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes (Anexo I) se presentarán debidamente cumplimentadas y acompañadas de la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI. del solicitante, que será compulsada por la Entidad Colaboradora. b) Original, o copia debidamente compulsada, de la factura del equipo informático adquirido, especificando «portátil» o «tablet pc» en cada caso, junto con justificante de pago o recibí, en la que se hará constar marca, número de serie y descripción de las características técnicas del mismo que serán como mínimo las se especifican en el artículo 5 de esta Orden. c) Acreditación de la matrícula mediante certificación o diligenciado del apartado C) de la solicitud por la Universidad de Cantabria en la que se hará constar que el solicitante se encuentra matriculado en el curso 2006/2007 y número de créditos. d) Declaración responsable, conforme a modelo del anexo II en la que hará constar: Cuando así proceda, que el solicitante tiene su residencia fiscal en territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En este caso, deberá incorporar etiqueta de identificación fiscal a nombre del solicitante, expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) o por el Gobierno de Cantabria, la cual quedará adherida en el espacio reservado en dicha declaración, o copia compulsada de la declaración de IRPF en la que figure como declarante o integrante de la declaración. La falta, por cualquiera de los medios establecidos en el párrafo anterior, de acreditación de la residencia fiscal en el momento de presentación de la solicitud, determinará la no aplicación de la prioridad en la selección establecida en el artículo 14.2.a. Que se encuentra al corriente de las obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma, Agencia Tributaria y con la Seguridad Social autorizando a la Entidad Colaboradora y a la Administración de Cantabria para que puedan realizar su comprobación y la obtención, por cualquier medio y ante los Organismos correspondientes, las certificaciones e información necesaria para la comprobación de tales extremos, incluida en su caso el domicilio de residencia fiscal. No hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición, para obtener subvenciones, de las establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. e) Certificación emitida por entidad bancaria acreditativa del código completo de la cuenta bancaria y titularidad de la misma, según modelo del anexo III de la presente Orden.

Anexos:

Lugar presentación :

Las solicitud de subvención establecida en esta convocatoria, se podrá presentar a través de las dependencias habilitadas por la Universidad de Cantabria en el Servicio de Gestión Académica, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano tramitador:

Dirección:

SECRET.GRAL. DE ECONOMIA Y HACIENDA

C/ Hernán Cortés, 9 - 39003 Santander

Teléfono: 942 20 75 39

Enlaces: