Subvencion:

Orden IND/15/2007

Descripción:

Orden IND/15/2007, de 3 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones a las organizaciones sindicales dirigidas al fomento y difusión de la acción sindical.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 75

Fecha BOC: 18/04/2007

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Fecha inicio plazo presentación:

19/04/2007

Fecha finalización plazo presentación:

30/04/2007

Beneficiarios:

Serán beneficiarias de las presentes ayudas las organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de Cantabria. La condición de organización sindical con representación en la Comunidad Autónoma de Cantabria se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina Pública encargada del registro de actas de la Dirección General de Trabajo computándose a estos efectos los representantes cuyos mandatos estuvieran vigentes a 31 de diciembre de 2006.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes iran acompañadas de la siguiente documentación: a) Documentación acreditativa de la representación que ostenta la persona que formula la solicitud, cuando actúe con tal carácter, o certificado del órgano competente de la organización que acredite la capacidad del firmante para obligarse en nombre de ella. b) Certificación expedida por la oficina pública competente en materia de depósito de estatutos, acreditativa de los datos determinantes de la adquisición de personalidad jurídica por la organización solicitante. La aportación de esta certificación no será exigible a aquellas organizaciones cuyos estatutos hayan sido depositados en la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Cantabria, debiendo indicarse, en este caso, en la solicitud, la fecha de su presentación y el órgano ante el que se presentaron. c) Documentación acreditativa de haber realizado la evaluación de riesgos, estando exentas aquellas organizaciones que lo hubieran presentado en anteriores convocatorias, debiéndose indicar en este último caso dicha circunstancia por escrito. d) Autorización para que la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria pueda recabar datos de la Agencia Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces dichos certificados. (Anexo II.) e) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias relacionadas en los puntos 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, General de Subvenciones de Cantabria. (Anexo III.) f) Ficha de tercero debidamente cumplimentada por la entidad bancaria. (Anexo IV.) 3. Los documentos mencionados en el apartado primero de este artículo deberán ser cotejados con los originales y compulsados en la Dirección General de Trabajo. 4. En el caso de que el solicitante de la ayuda fuera una federación o confederación y recabara la subvención en nombre de otras organizaciones sindicales, deberán acompañar la documentación mencionada anteriormente, correspondiente a dichas organizaciones, y además la documentación acreditativa de la existencia de poder suficiente para solicitar y, en su caso, recibir la subvención.

Anexos:

Lugar presentación :

En la Dirección General de Trabajo, bien directamente o a través de los medios que establece el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de Cantabria.

Órgano tramitador:

Dirección:

Cl. Rualasal 14 - 39001 Santander

Teléfono: 942 20 75 08