Orden IND/37/2007
Descripción:
Orden IND/37/2007, de 14 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de ayudas previas a la jubilación ordinaria de trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 121
Fecha BOC: 22/06/2007
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Fecha inicio plazo presentación:
23/06/2007
Fecha finalización plazo presentación:
04/07/2007
Beneficiarios:
Se podrán acoger a estas ayudas las empresas afectadas por procesos de reestructuración fundamentados en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción,previstas en los artículos 51 y 52 c) del Estatuto de los Trabajadores, resultando beneficiarios de las mismas los trabajadores que, afectados por dichos procesos, vean extinguida su relación de trabajo, previa conformidad expresa e individual de cada uno de ellos, siempre que los mismos, al alcanzar la edad ordinaria para el acceso a la pensión de jubilación en su modalidad contributiva en el régimen de la Seguridad Social de encuadramiento, tengan o puedan tener cubierto el período de cotización exigido para causar derecho a la citada pensión de jubilación en dicho régimen, estén en alta o situación asimilada en el mismo, y tengan 60 años de edad, real o teórica, por aplicación de los coeficientes reductores de la edad, como mínimo, cuando accedan al sistema de estas ayudas.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como Anexo I de la presente Orden y se presentarán, debidamente cumplimentadas y firmadas por el solicitante y acompañadas de la siguiente documentación: a)Copia del CIF de la empresa y del NIF de la persona física que firma la solicitud en representación de la empresa, así como de su poder acreditativo. b) La requerida, en cada caso, para los despidos colectivos del artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. c)En los casos previstos en el artículo 52.c del Estatuto de los Trabajadores, se acreditará de forma fehaciente que se han cumplido los requisitos de los apartados a) y c) del artículo 53.1 de dicho Texto Legal. d)Relación de los trabajadores para los que se solicitan las ayudas, indicando con claridad sus circunstancias personales y laborales, así como su número de afiliación a la Seguridad Social y su documento nacional de identidad. e)Documento en el que se acredite la conformidad individualizada de los trabajadores de acogerse a las ayudas. f)Documento en el que se recoja el compromiso de la empresa de realizar su aportación a la financiación de las ayudas en la forma y plazos que se establecen en el artículo 10 de esta Orden. g)Documento en el que se recoja el compromiso de la empresa de anticipar a los trabajadores las ayudas previas a la jubilación ordinaria que les hubiesen sido reconocidas si transcurridos tres meses desde su concesión no se hubiesen hecho efectivas por causas imputables a la misma, pudiendo resarcirse aquélla de las cantidades anticipadas, previa la acreditación de las mismas, en el momento de efectuar su aportación. h)Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social donde consten los períodos de permanencia de alta en la Seguridad Social. i)Certificación del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina sobre bonificación de edad que corresponda, en su caso. j)Autorización, tal como recoge el Anexo II de esta Orden, para que la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria pueda recabar datos de la Agencia Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar los beneficiarios al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y al corriente de pagos con la Seguridad Social. No obstante, el beneficiario podrá denegar expresamente el citado consentimiento, debiendo aportar entonces los oportunos certificados.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro de la Dirección General de Trabajo, sin perjuicio de los demás medios establecidos en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de laComunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
Cl. Rualasal 14 - 39001 Santander
Teléfono: 942 31 85 17

