Orden HAC/24/2009
Descripción:
Orden HAC/24/2009, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las bases generales y se convocan siete becas de formación práctica en el Instituto Cántabro de Estadística.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 4
Fecha BOC: 08/01/2010
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Fecha inicio plazo presentación:
09/01/2010
Fecha finalización plazo presentación:
23/01/2010
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos: a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. b) Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria. c) Estar en posesión de la titulación exigida para cada una de las becas de acuerdo con la siguiente relación: - Tres becas para el Servicio de Estadísticas Económicas y Socio-demográficas, sección Estadísticas Económicas: licenciatura en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias y Técnicas Estadísticas o equivalentes. - Una beca para el Servicio de Estadísticas Económicas y Socio-demográficas, sección Estadísticas Socio-demográficas: Licenciatura en Geografía, en Sociología, en Ciencias y Técnicas Estadísticas o equivalentes. - Tres becas para el Servicio de Informática y Banco de Datos: Ingeniería técnica o superior de Telecomunicación, Ingeniería técnica o superior en Informática, licenciatura en Ciencias Físicas, en Ciencias Matemáticas o equivalentes. d) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio de subvenciones de Cantabria. e) No haber sido separado del servicio de ninguna administración u Organismo Público o privado como consecuencia de expediente disciplinario ni haber perdido la condición de becario/a en una Administración Pública u Organismo Público por causas imputables a la persona que aspira a la beca.
Período beca:
Cada una de las becas tendrá comienzo el día de incorporación de la persona seleccionada y finalizará el 31 de diciembre de 2010. El Director del ICANE, a propuesta del Jefe del Servicio de Estadísticas Económicas y Socio-Demográficas, podrá acordar la prórroga de todas o alguna de las becas por períodos máximos de doce meses, en las mismas condiciones que la beca originaria excepto el importe, que podrá ser incrementado conforme al IPC, y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente. En ningún caso la duración, incluida la prórroga, podrá ser superior a los 24 meses.
Cuantía:
La cuantía de cada una de las becas será de 1.050 euros brutos mensuales, al que se aplicarán las retenciones fiscales que correspondan, y que se abonarán a mes vencido, previo informe del tutor o tutores acreditativos mediante el que se acredite el desarrollo satisfactorio de la formación. En ningún caso el importe percibido tendrá la consideración de salario o remuneración.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Fotocopia compulsada del DNI en vigor, debidamente compulsada o junto con el original para su cotejo. b) Certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria. c) Certificación de expediente académico con calificaciones. d) Fotocopia del título correspondiente o, en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición de la titulación requerida, debidamente compulsada o junto con el original para su cotejo. Los expedientes académicos de estudios realizados en el extranjero en centros españoles no públicos deberán ir acompañados de la fotocopia compulsada de la homologación concedida por el Ministerio de Educación. e) Declaración responsable de renuncia a otras becas, remuneraciones o ayudas de carácter público o privado, en el caso de ser seleccionados, y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración u Organismo Público o Privado como consecuencia de expediente disciplinario, según Anexo II. f) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el articulo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, según Anexo II. g) Declaración responsable del solicitante del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o cualquier otro ingreso de derecho público de conformidad con el Art. 24 del R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según Anexo II. h) Currículum vitae del solicitante, con exposición de los méritos académicos y profesionales que se posean y la documentación acreditativa de todos y cada uno de los méritos alegados junto con el original para su cotejo.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro Delegado del ICANE (Pasaje de Peña 1, 3º, Santander) o en cualquiera de los lugares previstos al efecto por el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
SERVICIO DE ESTADISTICAS ECONOMICAS Y SOCIO-DEMOGRAFICAS
Pasaje de Peña, 1 - 3º - 39008 Santander
Teléfono: 942 20 85 85
Obligaciones:
Además de las obligaciones contenidas en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y de las que pudieran ser establecidas legalmente son obligaciones específicas de las personas beneficiarias de las becas las siguientes: a) Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de diez días naturales a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndosela al suplente que figure en primer lugar. b) Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma. c) Presentar póliza y recibo de prima de seguro para la cobertura de accidentes y enfermedad por todo el período de tiempo de duración de la beca. d) Aceptar las normas de régimen interno del centro donde se realice la formación. e) Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas. f) Velar por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tenga acceso en el desarrollo de su formación en el ICANE.

