Beca:

Orden REL/21/2006

Descripción:

Orden REL/21/2006, de 22 de agosto, por la que se convoca una beca destinada a impulsar la especialización en Asuntos Europeos en la Oficina del Gobierno de Cantabria en Bruselas.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 169

Fecha BOC: 01/09/2006

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Fecha inicio plazo presentación:

02/09/2006

Fecha finalización plazo presentación:

20/09/2006

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la beca todas aquellas personas que sean naturales de Cantabria o que residan en Cantabria a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Cantabria de la presente convocatoria y que reúnan los siguientes requisitos: a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. b) Estar en posesión de alguno de los títulos siguientes: Licenciado en Derecho, Ciencias Económicas y Empresariales, Sociología, y Ciencias Políticas, expedidos por el Estado español o debidamente homologados, con justificación acreditativa de esta circunstancia y que no hayan transcurrido más de cuatro años desde la obtención del título y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. c) Conocimiento de inglés y francés. d) Formación teórica y/o práctica específica en asuntos relacionados con la Unión Europea.

Período beca:

El período de duración de la beca comenzará el día que sea determinado por la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo y finalizará el 31 de diciembre del año 2007. La beca podrá prorrogarse, una sola vez, por un período máximo de doce meses. El Director General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo podrá proponer la prórroga regulada en la letra anterior a la Consejera de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos, que podrá acordarla condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente, en las mismas condiciones en las que se concedió la beca originaria, pudiendo incrementarse su importe en la cantidad resultante de la aplicación del Índice de Precios al Consumo interanual del mes de septiembre del año en curso.

Cuantía:

El importe de la beca será de 1.161 euros brutos mensuales durante el tiempo de duración de la beca. Los gastos que se generen por el desplazamiento a Bruselas se entienden incluidos dentro del importe de la dotación de la beca. La presente beca se financiará con cargo al crédito dispuesto en la aplicación presupuestaria 03.06.141M.481 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2006. El abono mensual de la beca se realizará previa emisión por el Director General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo de un certificado de desempeño satisfactorio de las funciones encomendadas al becario.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes tendrán que acompañarse con la siguiente documentación: a) Fotocopia del D.N.I. en vigor. b) Documentación acreditativa de ser natural de Cantabria o residente en Cantabria a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. c) Certificación del expediente académico con calificaciones y fotocopia compulsada del título de licenciatura correspondiente, o en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición de la titulación requerida. Acreditación, en su caso, de la homologación del título. d) Declaración jurada de renuncia a otras becas, remuneraciones o ayudas de carácter público o privado, para el caso de ser seleccionado. e) Curriculum vitae del solicitante con exposición de los méritos académicos o profesionales que se posean, justificados documentalmente mediante fotocopias compulsadas de los documentos que sirvan para acreditar cada mérito alegado. No serán valorados los méritos no acreditados documentalmente. f) Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social expedidas por la autoridad competente. Caso de que la citada acreditación no acompañase la solicitud, la presentación de esta conllevará la autorización a la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro Delegado, bien directamente o por cualesquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano tramitador:

Dirección:

Paseo Pereda 13, 4º -39003 Santander

Teléfono: 942 20 83 93

Obligaciones:

Además de las obligaciones establecidas en la Ley General de Subvenciones y en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2006, son obligaciones del becario las siguientes: a) Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma. b) Presentar póliza y recibo de prima de seguro para la cobertura de accidentes y enfermedad por todo el tiempo de duración de la beca. c) Aceptar las normas de régimen interno del centro donde se realice la formación. d) Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas. e) Facilitar cuanta información les sea requerida por la Intervención General del Gobierno de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros organismos competentes. f) Cumplir con los cometidos previstos en el artículo 9 de la presente Orden.