Beca:

Orden EMP/50/2008

Descripción:

Orden EMP/50/2008, de 6 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca una beca para cursar estudios de postgrado en el Colegio de Europa de Brujas (Bélgica)/Natolín (Polonia).

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 94

Fecha BOC: 15/5/2008

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Fecha inicio plazo presentación:

16/05/2008

Fecha finalización plazo presentación:

02/06/2008

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la beca quienes cumplan los siguientes requisitos: a) Ser natural de Cantabria o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo residente en Cantabria al menos desde el uno de enero de 2007. b) Poseer titulación universitaria superior o acreditar con anterioridad a la aceptación de la beca estar en posesión de dicha titulación si se estuviera cursando el último año de la licenciatura en alguna de las siguientes disciplinas: Para el campus de Brujas: Derecho, Economía, Ciencias Empresariales, Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales, Sociología, Historia. Para el campus de Natolin (Varsovia): Derecho, Economía, Ciencias Empresariales, Ciencias Políticas, Sociología, Filosofía, Historia, Geografía, Periodismo y Lingüística. c) Dominar los idiomas francés e inglés. d) No ser mayor de treinta años de edad en el momento de incorporarse al Colegio( 1 de septiembre de 2008). e) Cumplir con los requisitos del Colegio de Europa. No podrán beneficiarse de esta beca quienes hayan disfrutado en convocatorias anteriores de beca para el Colegio de Europa, sea cual fuere el programa de estudios realizado.

Cuantía:

La cuantía de la beca será de diecisiete mil seiscientos cuarenta euros (17.640 euros). Dicha cuantía podrá ser incrementada en 3.115 euros en función de las disponibilidades presupuestarias, quedando condicionada su efectividad al cumplimiento de lo dispuesto en el art. 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Documentación a adjuntar:

La establecida en el punto 4 del Artículo 4 de esta Orden.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro Delegado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 105 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano tramitador:

Dirección:

Paseo Pereda 13, 4º -39003 Santander

Teléfono: 942 20 85 44

Obligaciones:

El beneficiario de la beca deberá cumplir las siguientes obligaciones: 1.- Incorporarse al Colegio de Europa en la fecha que éste determine, cumpliendo todas las normas y directrices que aquel establezca. 2.- Rendir un informe de las actividades desarrolladas en el Colegio a los tres meses de haber empezado el disfrute de la beca, remitir los resultados obtenidos en los exámenes y, al finalizar el curso, un informe final, a la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación al Desarrollo. La Consejería de Empleo y Bienestar Social podrá en cualquier momento, previo trámite de audiencia e informe del Colegio de Europa, revocar la beca concedida si éste muestra falta de aprovechamiento y rendimiento insuficiente. 3.- Aceptar las obligaciones y tareas citadas, lo cual no implicará, en ningún caso, el establecimiento con la Administración de ningún vínculo de naturaleza administrativa, laboral o funcionarial. 4.- Facilitar cuanta información le sea requerida por la Intervención General del Gobierno de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes. 5.- El beneficiario de la beca no podrá realizar, mientras la disfrute, ningún tipo de trabajo remunerado y su percepción será incompatible con la de cualquier otra ayuda o subvención para ese mismo fin, otorgada por cualquier entidad pública o privada.