Orden HAC/24/2007
Descripción:
Orden HAC/24/2007, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases generales y se convocan tres becas de formación para Licenciados en Administración y Dirección de Empresas.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 108
Fecha BOC: 05/06/2007
Enlace BOC
Escuchar con ReadSpeaker
Fecha inicio plazo presentación:
06/06/2007
Fecha finalización plazo presentación:
15/06/2007
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos: a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. b) Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad c) Estar en posesión del título de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o Económicas, y no hayan transcurrido más de tres años desde la obtención del título y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. d) No estar dado de alta en Seguridad Social. e) No estar incurso en prohibiciones artículo 12.2 de Ley de Cantabria 10/2006.
Período beca:
Cada una de las becas tendrá comienzo el 1 de julio de 2007, y tendrá una duración de doce meses. El consejero de Economía y Hacienda, a propuesta del jefe de Área de Contabilidad y con el visto bueno del interventor general, podrá acordar la prórroga de todas o alguna de las becas por períodos máximos de doce meses y por una sola vez, en las mismas condiciones que la beca originaria excepto el importe, que podrá ser incrementado conforme al IPC, y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
Cuantía:
La cuantía de cada una de las becas será de 1.000 euros mensuales, al que se aplicarán las retenciones fiscales que correspondan, y que se abonarán a mes vencido, previo informe del jefe de Área de Contabilidad donde se desarrolla la formación mediante el que se acredite el desarrollo satisfactorio de la formación. En ningún caso el importe percibido tendrá la consideración de salario o remuneración.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Fotocopia de DNI. b) Certificado de empadronamiento. c) Certificación de expediente académico con calificaciones. d) Título de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o Económicas, o en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición. e) Documentación acreditativa de todos y cada uno de los méritos alegados. f) Declaración jurada de renuncia a otras becas, remuneraciones o ayudas de carácter público o privado, en el caso de ser seleccionados. g) Declaración responsable del solicitante acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 3.3.- Una vez recibida la solicitud se comprobará si la documentación presentada por el solicitante es incompleta o defectuosa, en cuyo caso se requerirá al interesado, concediéndole un plazo de diez días hábiles para que subsane la omisión o insuficiencia, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro Auxiliar (calle Hernán Cortés número 9, 39003, Santander), o en cualquiera de los lugares previstos al efecto por el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
SECRET.GRAL. DE ECONOMIA Y HACIENDA
C/ Hernán Cortés, 9 - 39003 Santander
Teléfono: 942 20 75 39
Obligaciones:
Los becarios desarrollarán su trabajo bajo la dirección y supervisión del jefe de Área de Contabilidad de la intervención General. Además de las obligaciones establecidas con carácter general, se establecen como obligaciones específicas de los beneficiarios: a) Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma. b) Presentar declaración jurada de no padecer defecto físico que impida la realización de los trabajos y estudios. c) Presentar póliza y recibo de prima de seguro para la cobertura de accidentes y enfermedad por todo el tiempo de duración de la beca. d) Aceptar las normas de régimen interno del centro donde se realice la formación. e) Velar por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tenga acceso. La propiedad de los estudios y trabajos realizados por los becarios corresponderá, en su caso, a la Consejería de Economía y Hacienda.

