Orden HAC/17/2008
Descripción:
Orden HAC/17/2008, de 10 de octubre, por la que se aprueban las bases generales y se convocan tres becas de formación para licenciados en administración y dirección de empresas o económicas.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 204
Fecha BOC: 22/10/2008
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Fecha inicio plazo presentación:
23/10/2008
Fecha finalización plazo presentación:
03/11/2008
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de la beca todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos: a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. b) Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria. c) Estar en posesión del título de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o Económicas, y no hayan transcurrido más de tres años desde la obtención del título y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. d) No estar incurso en prohibiciones artículo 12.2 de Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. e) No haber sido separados del servicio de ninguna Administración u Organismo público o privado como consecuencia de expediente disciplinario.
Período beca:
Cada una de las becas tendrá comienzo en un plazo máximo de tres días naturales contados a partir de la notificación de la concesión de la beca y tendrá una duración de doce meses.
Cuantía:
La cuantía de cada una de las becas será de 1.000 euros mensuales, al que se aplicarán las retenciones fiscales que correspondan, y que se abonarán a mes vencido, previo informe del titular del Área de Contabilidad donde se desarrolla la formación mediante el que se acredite el desarrollo satisfactorio de la formación. En ningún caso el importe percibido tendrá la consideración de salario o remuneración.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Fotocopia compulsada del DNI. b) Certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria c) Certificación de expediente académico con calificaciones. d) Título de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o Económicas, o en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición. e) Documentación acreditativa de todos y cada uno de los méritos alegados. f) Declaración jurada de renuncia a otras becas, remuneraciones o ayudas de carácter público o privado, en el caso de ser seleccionados. g) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12.2 de la Ley de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. h) Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o cualquier otro ingreso de derecho público de conformidad con la Orden HAC/15/2006, de 11 de agosto, por la que se establecen los supuestos en que procede la simplificación de la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de subvenciones.
Anexos:
Lugar presentación :
En el Registro Auxiliar (calle Hernán Cortés número 9, 39003, Santander), o en cualquiera de los lugares previstos al efecto por el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
SECRET.GRAL. DE ECONOMIA Y HACIENDA
C/ Hernán Cortés 9 - 39003 Santander
Teléfono: 942 20 75 39
Obligaciones:
Los becarios desarrollarán su trabajo bajo la dirección y supervisión del titular del Área de Contabilidad de la Intervención General. Además de las obligaciones establecidas con carácter general, se establecen como obligaciones específicas de los beneficiarios: a) Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma. b) Presentar informe médico que acredite que no padece enfermedad contagiosa o defecto físico que le impida la realización de los estudios y trabajos de formación y especialización objeto de la beca. c) Presentar póliza y recibo de prima de seguro para la cobertura de accidentes y enfermedad por todo el tiempo de duración de la beca. d) Aceptar las normas de régimen interno del centro o centros donde se realice la formación. e) Velar por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tenga acceso. f) Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas. g) Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de 3 días naturales a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndose al suplente que figure en primer lugar. Con una antelación de quince días al vencimiento de la última mensualidad, se hará entrega por el becario de un informe por escrito sobre la formación y experiencia adquiridas, al que se unirá informe del tutor. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida de la última mensualidad. La propiedad de los estudios y trabajos realizados por los becarios corresponderá, en su caso, a la Consejería de Economía y Hacienda.

