Orden HAC/41/2015
Descripción:
Orden HAC/41/2015, de 23 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca una beca de formación práctica para un Titulado/a Universitario/a en Grado en Relaciones Laborales en el ámbito de la Dirección General de Trabajo.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 216
Fecha BOC: 11/11/2015
Enlace BOC
Escuchar con ReadSpeaker
Fecha inicio plazo presentación:
12/11/2015
Fecha finalización plazo presentación:
23/11/2015
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios/as de la beca prevista en la presente Orden las personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
b) Estar en posesión del título de Grado en Relaciones Laborales y que no hayan transcurrido más de 4 años desde la expedición del título o en su caso desde la fecha de pago de los correspondientes derechos de expedición, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los títulos presentados por los solicitantes deberán estar reconocidos y homologados oficialmente, así como tener plena validez en España.
c) No haber sido separado del servicio de ninguna administración o institución como consecuencia de expediente disciplinario.
d) No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante 2 o más años.
Período beca:
El período de duración de la beca comenzará el día en que se produzca la incorporación del becario/a, que será determinado por la Dirección General de Trabajo, nunca antes del 1 de enero de 2016 y finalizará el 31 de diciembre de 2016.
A la vista del informe del tutor, la Dirección General de Trabajo podrá proponer la prórroga de la beca, excepcionalmente, por un período de 12 meses, al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, quien podrá acordarla, en las mismas condiciones en que se concedió la beca originaria.
Cuantía:
El importe de la beca será de 800 euros brutos mensuales.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
a) Certificación del expediente académico con calificaciones y fotocopia compulsada del título correspondiente, o en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición.
b) «Currículum vitae» de la persona solicitante con exposición de los méritos académicos o profesionales que se aleguen y fotocopia compulsada de los certificados o diplomas acreditativos de los méritos alegados. Únicamente serán valorados aquellos méritos que aparezcan acreditados documentalmente.
c) Declaración responsable de renuncia a otras becas en el caso de ser seleccionado/a, y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración u Organismo Público o Privado como consecuencia de expediente disciplinario, según Anexo II.
d) Declaración responsable de no hallarse incurso en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario previstas en el apartado 2 de artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
e) Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como del resto de las obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria, según Anexo II.
La presentación de la solicitud supone la prestación del consentimiento, por parte de cada interesado/a, para que la Administración pueda recabar de los organismos competentes la información relativa a la constatación fehaciente de los datos relativos al Documento Nacional de Identidad o al documento acreditativo de la identidad, a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, o sistema o sistemas que lo sustituyan en el futuro.
No obstante, cada interesado podrá denegar o revocar de forma expresa este consentimiento, a través de comunicación escrita a la dirección General de Trabajo en tal sentido. En este supuesto, se deberán presentar los documentos correspondientes, siendo la no aportación de éstos causa para requerirle, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71.1 y 76.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Anexos:
Lugar presentación :
Órgano tramitador:
C/ Hernán Cortés, 9 - 39003 Santander
Teléfono: 942 20 75 08
Obligaciones:
Además de las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones, son obligaciones del becario/a las siguientes:
a) Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino el día que se determine por la Dirección General de Trabajo.
b) Cumplir las bases de la presente convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
c) Aceptar el horario formativo - de 8.30 a 14.30 de la mañana, exclusivamente- y las normas de régimen interno del centro donde realice su formación.
d) Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas por el /la tutor/a o tutores que se le designen.
e) Velar por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tenga acceso.
f) Facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Tribunal de Cuentas de Cuentas y demás órganos competentes.
g) Esta beca será incompatible con otras becas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.



