GANADERÍA

Noticia: La Mesa Sectorial de Sanidad Animal aborda la nueva normativa comunitaria sobre traslado de ganado

Fecha de publicación: 12/01/2004

Se aprobaron nuevas medidas sobre recogida de animales muertos en las explotaciones, y la sanidad animal para el traslado y acceso al Ferial de Ganados de Torrelavega

Santander- 13.01.2004

En las dependencias de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, el director General de Ganadería, Manuel Quintanal, con el fin de informar de los nuevos requisitos sanitarios de traslado de ganado impuestos por la Comunidad Europea, así como otros asuntos de interés, convocó la Mesa Sectorial de Sanidad Animal de Cantabria. A dicha reunión asistieron los sindicatos con representación UGAM y ASAJA, los responsables de los servicios de Sanidad y Producción Animal, Francisco Manuel Fernández y Juan Antonio García, y la responsable del Laboratorio y Control, Carmen Fernández.

Tras la lectura y aprobación del acta de la reunión anterior, Manuel Quintanal informó sobre las nuevas tablas de valoración estadística que han sido propuestas por decisión de la Comunidad Europea, que suman, para detectar el estado sanitario del ganado, una serie de parámetros que anteriormente se hacían por separado, como las pruebas que se realizan para la venta, campañas de seguimiento, ganado sacrificado en los mataderos, etc.

Cantabria es prácticamente la única comunidad española que realiza el control sanitario en todas las cabezas de ganado que nacen o son compradas fuera, lo cual da una fiabilidad y calidad al ganado, tanto de carne como de leche, que certifica la bien ganada fama de región altamente ganadera y con una sanidad probada.

Otro de los temas presentados en el transcurso de la reunión fue el avance de los datos estadísticos de la Campaña de Saneamiento Ganadero de 2003, en la que se revisaron 11.024 explotaciones con una carga ganadera de 253.424 cabezas, dando positivo en brucelosis 91 explotaciones, lo que representa el 3,24 por ciento de los establos y el 0,43 de las cabezas de ganado. En cuanto a la tuberculosis, la investigación se realizó en 302.427 cabezas de ganado y la tasa positiva se cifró en 504, lo que supone un porcentaje del 0,15 por ciento.

Medidas novedosas

Por otro lado, entre las medidas aprobadas se establece que toda cabeza de ganado vacuno que en un control sanitario dé positivo en cualquiera de las enfermedades deberá ser sacrificada en el plazo máximo de 15 días, con el fin de evitar el contacto con otras reses y prevenir así la propagación de la enfermedad. Antes, esta medida recogía 30 días para su eliminación.

Asimismo, el ganado vacuno que se lleve al Mercado Nacional de Torrelavega, cuya procedencia pueda ser sospechosa y pueda portar brucelosis, deberá aportar certificados de haber realizado las pruebas sanitarias, libres de esa enfermedad y por tanto aptas para su consumo o traslado a otra explotación.

Los animales vacunos menores de 12 meses deberán aportar el certificado de la prueba de no portar tuberculosis y en caso de que no lo tuviese, se realizará en el propio Ferial. Las reses mayores de 42 semanas no tendrán aportar dicho documento.

Recogida de cadáveres no rumiantes

Con el fin de poner en vigor el nuevo reglamento europeo sobre la recogida de cadáveres no rumiantes, la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca realizará esta retirada totalmente gratuita diariamente. En aquellas explotaciones que, por su volumen o el pequeño tamaño de los animales que haya que retirar, no se pueda hacer todos los días, la Consejería pondrá en marcha unas ayudas para que estas explotaciones puedan adquirir arcones frigoríficos donde guardar los animales muertos, para su posterior retirada.

El Reglamento (CE) 1774/2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano, clasifica los animales de especies no rumiantes que mueren en las explotaciones como material de categoría 2, sometido a normas especificas de eliminación, lo que determina, en la práctica, la prohibición del enterramiento in situ de los cadáveres de las citadas especies.

Por tal motivo es preciso ampliar el actual servicio de recogida de cadáveres de rumiantes para incluir a las restantes especies de abasto, estando prevista su entrada en funcionamiento a partir del 1 de febrero de 2004 según el siguiente procedimiento:

Ganado equino: la recogida se efectuará previo aviso de la muerte del animal por parte del titular de la explotación, tal y como se viene efectuando con las especies rumiantes.

Ganado porcino: Explotaciones con menos de 15 reproductores, la recogida se efectuará previo aviso de la muerte del animal por parte del titular de la explotación, igualmente como en el caso de rumiantes

Explotaciones con más de 15 reproductores: se establecerá una ruta que incluya a la totalidad de estas explotaciones para la recogida de los cadáveres que se generen, con una frecuencia de tres veces por semana.

Explotaciones avícolas, cunícolas y piscifactorías: se establecerá una ruta que incluya a las explotaciones de estas especies para la recogida de los cadáveres que se generen con una periodicidad quincenal.

Para la inclusión de las explotaciones en las rutas de recogida periódica, los titulares deberán solicitarlo, según modelo de solicitud establecido al efecto, y deberán dotarse de una infraestructura mínima consistente en un contenedor estanco para el vertido de los cadáveres a los vehículos encargados de la retirada. En el caso de especies menores, aves, conejos y piscifactorías, deberán disponer además de un arcón congelador para la conservación de los cadáveres hasta su retirada.

El teléfono de contacto para la recogida de cadáveres previo aviso será el mismo que se utiliza para la retirada de cadáveres de rumiantes : 942.332.400.

Anexos:

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