Publicada la orden que regula el descanso semanal obligatorio en la actividad pesquera
Noticia: Publicada la orden que regula el descanso semanal obligatorio en la actividad pesquera
Fecha de publicación: 05/05/2003
Santander - 05.05.2003.
El Boletín Oficial de Cantabria, publica la orden 37/2003, de 17 de abril, de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, por la que se da nueva redacción a la orden de 26 de diciembre de 2000 que regula el descanso semanal obligatorio dentro de la actividad pesquera. La Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco de la Legislación Básica del Estado, y de acuerdo con el artículo 25.10 del Estatuto de Autonomía para Cantabria posee competencias en materia de ordenación pesquera.
Esta orden se ha publicado con el fin de alcanzar los objetivos fijados en la Política Pesquera Común para la protección y conservación de los recursos marinos, así como la explotación más racional y responsable de los mismos. A través de la presente normativa se regula el descanso semanal obligatorio, que tiene vigor en todas las aguas de Cantabria, tomando en consideración, tanto las necesidades de los productores como de los consumidores, en las condiciones económicas más apropiadas para el sector.
Dicho descanso semanal obligatorio está dirigido a todas las embarcaciones pesqueras con base en puertos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que desarrollen su actividad en el caladero nacional, las cuales deberán respetar el descanso semanal en el período comprendido entre las cero horas del sábado y las veinticuatro horas del domingo.
Los artes y aparejos utilizados por estas embarcaciones, deberán permanecer en tierra durante el período de descanso mencionado, para lo que previamente deberán ser retiradas de su calamento.
Se exceptúan de esta prohibición, aquellas embarcaciones despachadas para pesquerías que por razón de temporalidad y distancia a las zonas de pesca, demuestren inviable esta limitación. La exclusión de estos barcos deberá contar con la preceptiva autorización de la Dirección General de Pesca y Alimentación.
Por último, la citada Orden, recoge la derogación expresa de la orden de 26 de diciembre de 2000, de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, por la que se regulaba el descanso semanal obligatorio dentro de la actividad pesquera.
Enlaces:
2738848