Orden GAN/70/2006
Descripción:
Orden GAN/70/2006, de 23 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para 2006, de las ayudas por pérdidas en la agricultura ocasionadas por la sequía en Cantabria en el año 2005.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 167
Fecha BOC: 30/08/2006
Enlace BOC
Escuchar con ReadSpeaker
Fecha inicio plazo presentación:
31/08/2006
Fecha finalización plazo presentación:
29/09/2006
Beneficiarios:
Podrán solicitar las ayudas que se regulan en la presente Orden los titulares de explotaciones que hayan tenido pérdidas ocasionadas por la sequía en alguno de los cultivos siguientes: Pastos y forrajes, cereales de secano, huerta al aire libre, viveros al aire libre y apicultura. Las ayudas serán de aplicación a explotaciones radicadas en Cantabria.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Declaración de parcelas de la explotación, según el modelo oficial del Anexo II. b) Declaración de efectivos ganaderos, en su caso, incluidos en la explotación a fecha de 1 de Mayo de 2.005, según el modelo oficial del Anexo III. c) Los beneficiarios acogidos a la Orden 17/2005 de 9 de marzo, por la que se convocan y regulan las ayudas financiadas por el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA), sección de garantía, incluidas en la solicitud única para el año 2005, en las que se requiera declaración se superficies, no tendrán que incluir dichos Anexos II y III, determinándose la indemnización por los datos recogidos en aquellas, no admitiéndose ninguna modificación. d) Para las ayudas por superficies de huerta y viveros al aire libre, será necesario presentar justificación de cotización a la Seguridad Social Agraria y facturas o documento válido alternativo que prueben la comercialización de estos productos y permitan deducir la superficie utilizada. Para las ayudas a la apicultura se exige, además, que la explotación se encuentre inscrita en el registro de explotaciones apícolas de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca. e) Certificados de estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y frente a la Seguridad Social expedidas por la autoridad competente. Estos certificados podrán ser sustituidos por una autorización expresa, establecida en el documento de la solicitud, por la cual se faculte al Gobierno de Cantabria para obtener directamente dicha información vía telemática. La mera presentación de la solicitud conllevará la autorización al Órgano Instructor del expediente para recabar el certificado sobre el estado de cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Gobierno de Cantabria. f) Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Anexos:
tituloDescarga:
Lugar presentación :
En el Registro o en los lugares y forma previstos en el artículo 105, de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
DIREC. GENERAL DE DESARROLLO RURAL
Avda. Albert Einstein, 2 - 39011 Santander
Teléfono: 942 20 78 39

