Subvencion:

Orden GAN/30/2007

Descripción:

Orden GAN/30/2007, de 14 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para 2007 de las ayudas a empresas privadas para la mejora de la transformación y comercialización de los productos agrícolas en Cantabria.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 101

Fecha BOC: 25/05/2007

Enlace BOC Escuchar con ReadSpeaker

Fecha inicio plazo presentación:

26/05/2007

Fecha finalización plazo presentación:

25/06/2007

Beneficiarios:

Podrán beneficiarse de las ayudas reguladas en la presente Orden las empresas privadas, sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables, que realicen la actividad para la que se otorga la ayuda en la comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes vendrán acompañadas de la siguiente documentación: a) Proyecto firmado por técnico competente y visado por el Colegio correspondiente. b) Plan de ejecución del proyecto. c) Ofertas de proveedores de acuerdo con lo establecido en el punto 3, del artículo 32 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria. d) Certificado acreditativo del cumplimiento de la normativa en materia de medio ambiente emitido por la Dirección General de Medio Ambiente. e) Autorizaciones correspondientes a la ejecución de las obras. f) Acreditación de la disponibilidad de los terrenos o de las instalaciones en las que se realice la inversión. g) Garantías de que la inversión redunde en ventajas para los productores de materias primas agrarias. i) Estudios que prueben la viabilidad económica de la empresa y que existen salidas normales al mercado de los productos finales. j) Declaración del beneficiario de otras ayudas solicitadas sobre la inversión a realizar. k) Con independencia de lo anterior se podrá requerir aquella documentación o información complementaria que, en función de las características del proyecto, se estime necesaria. l) La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Dirección General de Pesca y Alimentación para recabar vía telemática los certificados de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (A.E.A.T) y de la Tesorería General de la Seguridad Social que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y con la Seguridad Social. En el supuesto de que el solicitante no manifestara expresamente que otorga dicha autorización, deberá presentar los oportunos certificados junto con su solicitud de subvención. La acreditación, sin embargo, del beneficiario de estar al corriente en sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria se realizará de oficio. m) Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro Auxiliar de la Consejería (calle Gutiérrez Solana, s/n, Santander),o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano tramitador:

Dirección:

DIREC. GENERAL DE PESCA Y ALIMENTACION

c/ Gutiérrez Solana, s/n 39011 - Santander

Teléfono: 942 20 78 41

Enlaces: