Subvencion:

Orden DES/38/2008

Descripción:

Orden DES/38/2008, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para 2008 de las ayudas a la elaboración de productos alimentarios tradicionales y locales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Cantabria 2007-2013.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 109

Fecha BOC: 05/06/2008

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Fecha inicio plazo presentación:

06/06/2008

Fecha finalización plazo presentación:

05/07/2008

Beneficiarios:

1.- Serán beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden a la elaboración de productos alimentarios tradicionales y locales incluidos en el anexo I del Tratado de 25 de marzo de 1957, Constitutivo de la Comunidad Económica Europea, las personas físicas y jurídicas sobre las que recaiga la carga financiera y sean responsables finales de las inversiones y gastos subvencionables, que realicen la actividad para la que se otorga la ayuda en la Comunidad Autónoma de Cantabria y, además, tengan la condición de: a) Microempresas y pequeñas y medianas empresas definidas en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003 b) Empresas no contempladas en la categoría anterior con menos de 750 empleados o un volumen de negocios inferior a 200 millones de euros con las condiciones establecidas en el artículo 28.3 del Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005. 2.- Serán beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden a la elaboración de productos alimentarios tradicionales y locales no incluidos en el anexo I del Tratado de 25 de marzo de 1957, Constitutivo de la Comunidad Económica Europea, las personas físicas y jurídicas sobre las que recaiga la carga financiera y sean responsables finales de las inversiones y gastos subvencionables, que realicen la actividad para la que se otorga la ayuda en la Comunidad Autónoma de Cantabria y, además, tengan la condición de microempresas definidas en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003.

Documentación a adjuntar:

Establecida en el punto 3 del artículo 8 de esta Orden.

Anexos:

Lugar presentación :

En el Registro Auxiliar de la Consejería o bien mediante su presentación en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 105.4 la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano tramitador:

Dirección:

DIREC. GENERAL DE PESCA Y ALIMENTACION

C/ Gutiérrez Solana, s/n - 39011 Santander

Teléfono: 942 20 78 41

Enlaces: