Autorización y registro de establecimientos para la distribución y/o dispensación de medicamentos veterinarios.
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Dirección General Desarrollo Rural
Descripción:
Autorización y registro de centros dedicados a la distribución y puesta en el mercado de medicamentos veterinarios.
Tipo de Inicio:
Interesado
Impresos:
Sí.
Requisitos:
Locales adecuados, medios para mantenimiento de la cadena del frío y para el control de las temperaturas, ubicación diferenciada de medicamentos veterinarios.Disponer de un farmacéutico responsable (presencia permanente en mayoristas). y de un servicio veterinario en el caso de las Cooperativas.Medidas de gestión de residuos.Deberá mantener los registros de entrada y salida de medicamentos y dispensar únicamente contra la presentación de receta veterinaria.
Documentación:
Fotocopia de NIF, CIF y, en su caso, de estatutos de constitución.Memoria descriptiva del proyecto y medios disponibles, y planos de las instalaciones.Licencia de autorización municipal.Acreditación del nombramiento de farmacéuticos y, en su caso, de veterinarios.Certificado de colegiación actualizado del farmacéutico responsable, y su plan de trabajo.En el caso de las Agrupaciones ganaderas, el programa zoosanitario.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año, antes de la puesta en funcionamiento.
Fecha:
19 de marzo del 2012
Lugar presentación :
Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, o en el lugares y forma previstos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242, de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/82 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganadería y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Dirección General de Ganadería /Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242, de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/82 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganadería y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).
Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Estimatorios.
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada/1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es/ Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación
Normativa:
Decreto 13/2015, de 19 de marzo, por el que se establece y regula el modelo de receta veterinaria y se crea el sistema informático integral para la prescripción, dispensación y uso del medicamento veterinario y se regula el registro de tratamientos medicamentosos en explotaciones ganaderas, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3787768



